Madrid número 9 (BOCM-20210421-115)
Procedimiento 1154/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021

Pág. 313

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1154/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. AGUSTIN BORDALLO DE HARO frente a FOGASA y DERECONS KIMAKI SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº: 118/2021
En Madrid a dieciocho de marzo de dos mil veintiuno.
D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
n° 9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante D. AGUSTIN BORDALLO DE HARO, que comparece en su nombre y representación el Letrado D. FELIX
MARTINEZ DE HARO y de otra como demandado DERECONS KIMAKI SL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL que no comparecen estando citados en legal forma.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLO

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la
notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del
Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274),
abierta en la entidad bancaria Banco Santander, sita en la calle Princesa nº 2 de Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al nº de cuenta de Consignaciones de este Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-1154-19 con referencia de la entidad remitente y la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en
el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido
condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en dicha cuenta de Depósitos
y Consignaciones la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este
Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para
la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

BOCM-20210421-115

Que estimando la demanda formulada por DON AGUSTIN BORDALLO DE HARO
frente a DERECONS KIMAKI, S.L y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 10.198,28 euros
con más el 10% de interés legal por mora.
Se absuelve a la codemandada FONDO DE GARANTIA SALARIAL dada su falta de
legitimación pasiva ad causam y sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria.