Miraflores de la Sierra (BOCM-20210421-53)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 94
BOCM-20210421-53
Cuarto.—La concejala delegada queda obligada a informar a esta Alcaldía de las gestiones que realicen en el ejercicio de sus delegaciones, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Quinto.—Permanece vigente la delegación efectuada de forma indistinta en todos los
concejales de este Ayuntamiento, las competencias que a esta Alcaldía-Presidencia le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este
término municipal. Esta delegación faculta a todos los Sres. concejales para autorizar los
matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.
Sexto.—Remitir el presente acuerdo al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para su publicación en el mismo, y publicar igualmente el presente acuerdo en el
Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente
al de la firma de la presente Resolución.
Séptimo.—Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se
celebre”.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Miraflores de la Sierra, a 9 de abril de 2021.—El alcalde, Luis Guadalix Calvo.
(03/12.562/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 94
BOCM-20210421-53
Cuarto.—La concejala delegada queda obligada a informar a esta Alcaldía de las gestiones que realicen en el ejercicio de sus delegaciones, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Quinto.—Permanece vigente la delegación efectuada de forma indistinta en todos los
concejales de este Ayuntamiento, las competencias que a esta Alcaldía-Presidencia le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este
término municipal. Esta delegación faculta a todos los Sres. concejales para autorizar los
matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.
Sexto.—Remitir el presente acuerdo al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para su publicación en el mismo, y publicar igualmente el presente acuerdo en el
Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente
al de la firma de la presente Resolución.
Séptimo.—Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se
celebre”.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Miraflores de la Sierra, a 9 de abril de 2021.—El alcalde, Luis Guadalix Calvo.
(03/12.562/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791