B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210420-9)
Tribunal proceso selectivo – Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición del tribunal del concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución de 17 de diciembre de 2020
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 93
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación y Juventud
9
RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se hace pública la composición del tribunal del concursooposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de
gestión de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución de 17 de diciembre
de 2020.
Por Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocó concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
para cubrir plazas vacantes en el ámbito de gestión la Comunidad de Madrid.
La base quinta de dicha Resolución, reguladora del órgano de selección, establece que
el Presidente será designado por la Dirección General de Recursos Humanos, a propuesta
de la Subdirección General de Inspección Educativa, de entre funcionarios de carrera del
Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid.
De los cuatro vocales, tres serán designados por sorteo entre funcionarios de carrera,
pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid. El
citado sorteo fue realizado en fecha de 25 de enero, habiéndose publicado el acta con los
vocales titulares y suplentes que fueron designados como resultado del mismo.
Los miembros suplentes, actuarán en caso de ser necesario, en el orden en que aparezcan nombrados. Si no fuera posible la conformación del tribunal con los vocales titulares y
suplentes designados, la selección de los vocales se irá realizando según el orden establecido en la lista de participantes resultante del mencionado sorteo aleatorio.
El vocal restante será designado entre funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos del subgrupo de clasificación A1 que presten servicios en el ámbito de la Comunidad
de Madrid y, preferentemente, de los precitados cuerpos de inspectores. Con respecto a este
vocal y su suplente, se va a proceder a su designación entre funcionarios de carrera, pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio
de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid.
Actuará como Secretario del tribunal, el vocal con menor antigüedad en el Cuerpo de
Inspectores de Educación y, en su defecto, en el Cuerpo de Inspectores al Servicio de la
Administración Educativa, salvo que el Tribunal acuerde determinar su nombramiento de
otra manera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento aprobado por el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la participación en los órganos de selección tiene
carácter obligatorio.
Por todo lo anterior, esta Dirección General
RESUELVE
Primero
Segundo
Los miembros del Tribunal tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan que desplazarse fuera de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A los efectos
previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estos Tribunales deberán considerarse
incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.
BOCM-20210420-9
Hacer pública la composición del Tribunal, según Anexo a la presente Resolución.
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 93
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación y Juventud
9
RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se hace pública la composición del tribunal del concursooposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de
gestión de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución de 17 de diciembre
de 2020.
Por Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocó concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
para cubrir plazas vacantes en el ámbito de gestión la Comunidad de Madrid.
La base quinta de dicha Resolución, reguladora del órgano de selección, establece que
el Presidente será designado por la Dirección General de Recursos Humanos, a propuesta
de la Subdirección General de Inspección Educativa, de entre funcionarios de carrera del
Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid.
De los cuatro vocales, tres serán designados por sorteo entre funcionarios de carrera,
pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid. El
citado sorteo fue realizado en fecha de 25 de enero, habiéndose publicado el acta con los
vocales titulares y suplentes que fueron designados como resultado del mismo.
Los miembros suplentes, actuarán en caso de ser necesario, en el orden en que aparezcan nombrados. Si no fuera posible la conformación del tribunal con los vocales titulares y
suplentes designados, la selección de los vocales se irá realizando según el orden establecido en la lista de participantes resultante del mencionado sorteo aleatorio.
El vocal restante será designado entre funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos del subgrupo de clasificación A1 que presten servicios en el ámbito de la Comunidad
de Madrid y, preferentemente, de los precitados cuerpos de inspectores. Con respecto a este
vocal y su suplente, se va a proceder a su designación entre funcionarios de carrera, pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio
de la Administración Educativa que presten servicios en la Comunidad de Madrid.
Actuará como Secretario del tribunal, el vocal con menor antigüedad en el Cuerpo de
Inspectores de Educación y, en su defecto, en el Cuerpo de Inspectores al Servicio de la
Administración Educativa, salvo que el Tribunal acuerde determinar su nombramiento de
otra manera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento aprobado por el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la participación en los órganos de selección tiene
carácter obligatorio.
Por todo lo anterior, esta Dirección General
RESUELVE
Primero
Segundo
Los miembros del Tribunal tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan que desplazarse fuera de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A los efectos
previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estos Tribunales deberán considerarse
incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.
BOCM-20210420-9
Hacer pública la composición del Tribunal, según Anexo a la presente Resolución.