Madrid (BOCM-20210420-81)
Secretaria de Gobierno. Nombramiento juez de paz de El Boalo-Cerceda-Maataelpino
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
Pág. 203
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
81
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20210420-81
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
sesión celebrada el 15 de marzo de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Segundo. El Boalo-Cerceda-Mataelpino.—Nombramiento juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de El Boalo-CercedaMataelpino, realizada en comunicación del resultado del pleno de 28 de enero de 2021, en
la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto de El Boalo-Cerceda-Mataelpino a doña María Raquel López Pérez.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 28 de enero de 2021 del Ayuntamiento de El BoaloCerceda-Mataelpino, y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a
doña María Raquel López Pérez.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Colmenar Viejo, partido judicial al
que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, al
Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para su publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 23 de marzo de 2021.—El Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra
Liendo.
(03/10.573/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 93
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
81
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20210420-81
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
sesión celebrada el 15 de marzo de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Segundo. El Boalo-Cerceda-Mataelpino.—Nombramiento juez de paz sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de El Boalo-CercedaMataelpino, realizada en comunicación del resultado del pleno de 28 de enero de 2021, en
la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto de El Boalo-Cerceda-Mataelpino a doña María Raquel López Pérez.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 28 de enero de 2021 del Ayuntamiento de El BoaloCerceda-Mataelpino, y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a
doña María Raquel López Pérez.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Colmenar Viejo, partido judicial al
que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, al
Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para su publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 23 de marzo de 2021.—El Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra
Liendo.
(03/10.573/21)
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ISSN 1989-4791