Valdemoro (BOCM-20210420-74)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 194
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 93
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de esta Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 7 de
enero de 2021, aprobó provisionalmente una serie de propuestas de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios urbanísticos y de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras del
Ayuntamiento de Valdemoro para este ejercicio 2021.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales (en adelante, TRLRHL) se publicó anuncio de exposición al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 8, de fecha 11 de enero de 2021, en el tablón de edictos municipal y en el diario “La Razón” de fecha 12 de enero de 2021 (pág. 40).
Cumplido plazo de anuncio de exposición al público en fecha 11 de enero a 22 de febrero de 2021 y emitido certificado de Secretaría de fecha 26 de marzo de 2021, respecto a
la no presentación de alegaciones, de acuerdo con el artículo 17.3 del TRLRHL, se entiende
definitivamente adoptado el acuerdo de modificación, sin necesidad de acuerdo plenario.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del texto legal antes mencionado, se procede a transcribir el texto como queda después de operada la suspensión hasta
el 31 de diciembre, para su publicación y entrada en vigor, con indicación de que, según lo
dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados
podrán interponer el correspondiente recurso contenciosos-administrativo, en la forma y
plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción:
1. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS URBANÍSTICOS
Primero.—Se modifica l cuadro del apartado 3 del artículo 6, quedando redactado
como sigue:
Módulo
Mínimo
Residuos
Adecuación de bajo cubierta
Sin uso previo
400
8.000,00 €
SI
Porche cubierto
Adosado a vivienda
275
5.500,00 €
SI
Piscina individual
Prefabricada o "in situ" > 32 m2
275
8.800,00 €
SI
1500 €/Kw
3.000,00 €
NO
150
3.000,00 €
SI
200 €/ml
1.000,00 €
SI/NO(*)
SI/NO(*)
Instalación de placas solares
En cubierta plana o inclinada. ACS o fotovoltáica
Garaje individual
Adosado o exento
Marquesina o tejadillo de entrada
Elemento volado sobre espacio público o privado
Naves de aperos, invernaderos
Prefabricada o "in situ"
100
1.000,00 €
Cubrición de terraza
Adosado a vivienda
495
2.475,00 €
SI
Aire acondicionado e instalaciones
Vivienda propia
750 €/UD
1.500,00 €
NO
Barbacoas
Elementos generadores de humos
Carpinterías
Con o sin sustitución de las existentes
Cerramientos y vallas
En cualquier caso. Edificación con o sin o derribo total o parcial
Pérgola exenta con toldo
Prefabricada o "in situ".
OBRAS EN EDIFICIOS COLECTIVOS Y SOLARES
P.E.M.
600,00 €
SI/NO(*)
250
1.000,00 €
SI/NO(**)
165 €/ml
1.000,00 €
80
SI
600,00 €
SI/NO(*)
Módulo (€/M2)
Mínimo
Residuos
300 €/viv
1.200,00 €
SI
70 €/ml
1.000,00 €
SI
SI
Adecuación de portales y escaleras
Reformas y adecuaciones
Cerramientos
En solares urbanos o edificios colectivos
Demoliciones y desmantelamientos
Elementos no edificatorios según LOE
10
1.000,00 €
Desbroce y limpieza
Sin movimiento de tierras o alteración de topografía
5
1.000,00 €
SI
Instalación de aire acondicionado
Instalaciones con compresores centralizados
1100 €/viv
6.600,00 €
NO
Reparaciones
Cubiertas, Fachadas, … edificios completos
P.E.M.
6.000,00 €
SI
Urbanización (riego, alcant..)
Urbanización comunitaria
80
8.000,00 €
SI
BOCM-20210420-74
OBRAS EN VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y PISOS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 194
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 93
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de esta Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 7 de
enero de 2021, aprobó provisionalmente una serie de propuestas de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios urbanísticos y de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras del
Ayuntamiento de Valdemoro para este ejercicio 2021.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales (en adelante, TRLRHL) se publicó anuncio de exposición al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 8, de fecha 11 de enero de 2021, en el tablón de edictos municipal y en el diario “La Razón” de fecha 12 de enero de 2021 (pág. 40).
Cumplido plazo de anuncio de exposición al público en fecha 11 de enero a 22 de febrero de 2021 y emitido certificado de Secretaría de fecha 26 de marzo de 2021, respecto a
la no presentación de alegaciones, de acuerdo con el artículo 17.3 del TRLRHL, se entiende
definitivamente adoptado el acuerdo de modificación, sin necesidad de acuerdo plenario.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del texto legal antes mencionado, se procede a transcribir el texto como queda después de operada la suspensión hasta
el 31 de diciembre, para su publicación y entrada en vigor, con indicación de que, según lo
dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados
podrán interponer el correspondiente recurso contenciosos-administrativo, en la forma y
plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción:
1. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS URBANÍSTICOS
Primero.—Se modifica l cuadro del apartado 3 del artículo 6, quedando redactado
como sigue:
Módulo
Mínimo
Residuos
Adecuación de bajo cubierta
Sin uso previo
400
8.000,00 €
SI
Porche cubierto
Adosado a vivienda
275
5.500,00 €
SI
Piscina individual
Prefabricada o "in situ" > 32 m2
275
8.800,00 €
SI
1500 €/Kw
3.000,00 €
NO
150
3.000,00 €
SI
200 €/ml
1.000,00 €
SI/NO(*)
SI/NO(*)
Instalación de placas solares
En cubierta plana o inclinada. ACS o fotovoltáica
Garaje individual
Adosado o exento
Marquesina o tejadillo de entrada
Elemento volado sobre espacio público o privado
Naves de aperos, invernaderos
Prefabricada o "in situ"
100
1.000,00 €
Cubrición de terraza
Adosado a vivienda
495
2.475,00 €
SI
Aire acondicionado e instalaciones
Vivienda propia
750 €/UD
1.500,00 €
NO
Barbacoas
Elementos generadores de humos
Carpinterías
Con o sin sustitución de las existentes
Cerramientos y vallas
En cualquier caso. Edificación con o sin o derribo total o parcial
Pérgola exenta con toldo
Prefabricada o "in situ".
OBRAS EN EDIFICIOS COLECTIVOS Y SOLARES
P.E.M.
600,00 €
SI/NO(*)
250
1.000,00 €
SI/NO(**)
165 €/ml
1.000,00 €
80
SI
600,00 €
SI/NO(*)
Módulo (€/M2)
Mínimo
Residuos
300 €/viv
1.200,00 €
SI
70 €/ml
1.000,00 €
SI
SI
Adecuación de portales y escaleras
Reformas y adecuaciones
Cerramientos
En solares urbanos o edificios colectivos
Demoliciones y desmantelamientos
Elementos no edificatorios según LOE
10
1.000,00 €
Desbroce y limpieza
Sin movimiento de tierras o alteración de topografía
5
1.000,00 €
SI
Instalación de aire acondicionado
Instalaciones con compresores centralizados
1100 €/viv
6.600,00 €
NO
Reparaciones
Cubiertas, Fachadas, … edificios completos
P.E.M.
6.000,00 €
SI
Urbanización (riego, alcant..)
Urbanización comunitaria
80
8.000,00 €
SI
BOCM-20210420-74
OBRAS EN VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y PISOS