Móstoles número 3 (BOCM-20210420-189)
Procedimiento 643/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 324
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 93
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
189
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 643/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CONCEPCION GONZALEZ MESA frente a ANGLON
SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente
resolución:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DÑA.CONCEPCION GONZALEZ MESA
contra ANGLON SERVICIOS INTEGRALES S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a
la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 1740,73 euros más el 10% de
interés por mora.
El Fondo de Garantía Salarial ha sido emplazado exclusivamente de conformidad con
el art.23 LJS sin que en este procedimiento pueda hacerse declaración expresa de absolución o condena respecto de este Organismo sin perjuicio de sus responsabilidades y con las
limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto de los Trabajadores
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación (art.191 LRJS)
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANGLON SERVICIOS
INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210420-189
(03/10.513/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
189
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 643/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CONCEPCION GONZALEZ MESA frente a ANGLON
SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente
resolución:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DÑA.CONCEPCION GONZALEZ MESA
contra ANGLON SERVICIOS INTEGRALES S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a
la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 1740,73 euros más el 10% de
interés por mora.
El Fondo de Garantía Salarial ha sido emplazado exclusivamente de conformidad con
el art.23 LJS sin que en este procedimiento pueda hacerse declaración expresa de absolución o condena respecto de este Organismo sin perjuicio de sus responsabilidades y con las
limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto de los Trabajadores
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso de Suplicación (art.191 LRJS)
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANGLON SERVICIOS
INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
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(03/10.513/21)
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ISSN 1989-4791