Morata de Tajuña (BOCM-20210420-64)
Organización y funcionamiento. Asignaciones grupos políticos municipales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE ABRIL DE 2021

Pág. 183

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

MORATA DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20210420-64

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2021,
acordó la aprobación de modificación del texto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 307, de fecha 27 de diciembre de 2019, de la normativa
reguladora del régimen de justificación y transparencia de las asignaciones a los grupos políticos municipales, aprobada por el Pleno de 25 de julio de 2919, haciéndose pública la citada modificación mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID con el siguiente detalle:
Primero.—Modificar el apartado a) de la cláusula quinta de dicha normativa, con el siguiente tenor literal:
“a) El pago o abono de la subvención se realizará anticipadamente dentro de los tres
primeros meses del año al que corresponda la subvención y por tanto con carácter
previo a la justificación conforme a los siguientes cálculos:
— Subvención fija a grupos políticos municipales: 320 euros/mes.
— Subvención variable, por cada concejal: 30 euros/mes.
No se exigen garantías”.
Segundo.—Modificar el apartado b) de la claúsula quinta de dicha normativa con el siguiente tenor literal:
“b) La cuenta justificativa deberá presentarse para su elevación a Pleno, antes del
día 30 de abril del año siguiente”.
Tercero.—Modificar el apartado g) de la claúsula cuarta de dicha normativa con el siguiente tenor literal:
“g) No podrá liberarse un nuevo pago por asignación correspondiente a un ejercicio si
no se han aprobado por el pleno las justificaciones del ejercicio anterior. Asimismo, cada ejercicio deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social”.
Cuarto.—Modificar el apartado c) de la claúsula quinta de dicha normativa con el siguiente tenor literal:
“c) Las cantidades no justificadas o indebidamente justificadas deberán ser reintegradas al Ayuntamiento, siendo responsable directo el portavoz del grupo municipal.
No se podrá librar ninguna nueva asignación sin tener aprobada por el pleno la justificación del ejercicio anterior”.
Morata de Tajuña, a 8 de abril de 2021.—El alcalde-presidente, Ángel M. Sánchez
Sacristán.
(03/12.445/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791