San Agustín del Guadalix (BOCM-20210419-80)
Régimen económico. Padrón fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE ABRIL DE 2021
Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
RÉGIMEN ECONÓMICO
En virtud de las competencias conferidas por decreto 725/2019, de 25 de junio (BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 166/2019, de 15 de julio), por resolución de
la Concejalía de Hacienda 375/2021, ha sido aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana para el ejercicio 2021.
En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón durante
un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrá examinarse, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón ante
la Concejalía de Hacienda, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que, durante los días comprendidos entre el 1 de septiembre al 2 de noviembre del año
en curso, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes al tributo referido.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán
exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos
del período ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de
la Ley General Tributaria y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley.
Se advierte a los contribuyentes que podrán hacer efectivas sus deudas dentro del período voluntario y durante su horario de atención al público, en cualquiera de las siguientes
entidades colaboradoras: Bankia, Grupo Santander, Banco Sabadell, BBVA, y Caixabank.
o por Internet, en el Portal Tributario de la web del Ayuntamiento, o a través de Bankia:
— https://www.bankia.es/es/pasarela-de-recibos-y-tributos
— https://portaltributos.aytosag.net/
Concluido el período voluntario y hasta el 22 de noviembre de 2021 podrán hacer efectivas las deudas con el 5 por 100 de recargo, exclusivamente en Bankia.
Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al
Ayuntamiento y surtiendo ésta efecto para el año 2022 y sucesivos.
En caso de extravío o de no haber recibido el impreso para el pago deberán presentarse en las dependencias municipales para la obtención de un duplicado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En San Agustín del Guadalix, a 23 de marzo de 2021.—El alcalde, Roberto Ronda
Villegas.
(01/12.056/21)
BOCM-20210419-80
TÍN
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 19 DE ABRIL DE 2021
Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
RÉGIMEN ECONÓMICO
En virtud de las competencias conferidas por decreto 725/2019, de 25 de junio (BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 166/2019, de 15 de julio), por resolución de
la Concejalía de Hacienda 375/2021, ha sido aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana para el ejercicio 2021.
En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón durante
un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrá examinarse, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón ante
la Concejalía de Hacienda, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que, durante los días comprendidos entre el 1 de septiembre al 2 de noviembre del año
en curso, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes al tributo referido.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán
exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos
del período ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de
la Ley General Tributaria y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley.
Se advierte a los contribuyentes que podrán hacer efectivas sus deudas dentro del período voluntario y durante su horario de atención al público, en cualquiera de las siguientes
entidades colaboradoras: Bankia, Grupo Santander, Banco Sabadell, BBVA, y Caixabank.
o por Internet, en el Portal Tributario de la web del Ayuntamiento, o a través de Bankia:
— https://www.bankia.es/es/pasarela-de-recibos-y-tributos
— https://portaltributos.aytosag.net/
Concluido el período voluntario y hasta el 22 de noviembre de 2021 podrán hacer efectivas las deudas con el 5 por 100 de recargo, exclusivamente en Bankia.
Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al
Ayuntamiento y surtiendo ésta efecto para el año 2022 y sucesivos.
En caso de extravío o de no haber recibido el impreso para el pago deberán presentarse en las dependencias municipales para la obtención de un duplicado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En San Agustín del Guadalix, a 23 de marzo de 2021.—El alcalde, Roberto Ronda
Villegas.
(01/12.056/21)
BOCM-20210419-80
TÍN
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ISSN 1989-4791