Madrid número 12 (BOCM-20210419-130)
Ejecución 44/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE ABRIL DE 2021

Pág. 293

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130

MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el Procedimiento 44/2021 (autos 983/2019) de este Juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. ARANTXA GARCIA CHABRERA frente a ESCUELA INFANTIL PELOCHO SLU sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la
siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. ARANTXA GARCIA CHABRERA, frente a la demandada ESCUELA INFANTIL PELOCHO SLU, parte ejecutada, por un principal de 12.122,07 EUROS, más 1.212,00
EUROS de intereses calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado
dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2510-0000-64-0044-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL
PELOCHO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210419-130

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.361/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791