Madrid número 1 (BOCM-20210419-101)
Ejecución 129/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE ABRIL DE 2021
Pág. 255
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 129/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO GARCIA SALGADO frente a NUEVO CLUB 31,
S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. FRANCISCO GARCIA
SALGADO con la empresa NUEVO CLUB 31, S.L, condenando a esta a que abone a
aquel/lla la cantidad de 2.350,68 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de
23.969,52 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente
resolución.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por
transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-012920 y para pagos en ventanilla 2499-0000-64-0129-20.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NUEVO CLUB 31, S.L,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210419-101
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.424/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 92
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LUNES 19 DE ABRIL DE 2021
Pág. 255
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 129/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO GARCIA SALGADO frente a NUEVO CLUB 31,
S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. FRANCISCO GARCIA
SALGADO con la empresa NUEVO CLUB 31, S.L, condenando a esta a que abone a
aquel/lla la cantidad de 2.350,68 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de
23.969,52 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente
resolución.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por
transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-012920 y para pagos en ventanilla 2499-0000-64-0129-20.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NUEVO CLUB 31, S.L,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210419-101
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.424/21)
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ISSN 1989-4791