D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210417-4)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Antonio de Nebrija, para la formación práctico-clínica de los alumnos del Grado de Enfermería y Fisioterapia
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 34

SÁBADO 17 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 91

El estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio de colaboración y asumirlos
en la formulación y contenido convenidos.
A este respecto, el (INDICAR CENTRO), en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre,
Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente, tiene la obligación de garantizar los derechos de
protección de datos de los pacientes y de las personas en el tratamiento de sus datos, considerando
además que el tratamiento de datos personales referidos a la salud de una persona es
especialmente sensible y requiere especial protección. Por todo ello, es necesario que el estudiante
conozca y respete los siguientes aspectos durante su estancia en las instalaciones de la entidad:
1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre
cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función,
especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que
esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta
obligación subsistirá una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del
convenio de colaboración.
Queda prohibida la salida de información propiedad de (INDICAR) obtenida de sus sistemas
de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo
autorización por escrito del Responsable de dicha información.
Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración,
los datos de carácter personal pertenecientes a (INDICAR) que pudiera tener bajo control
el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos a (INDICAR) por el método acordado,
así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter
personal.
El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones de INDICAR CENTRO,
se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas
de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y
comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad,
transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de
información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión
o comunicación sin la debida autorización.
Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de INDICAR CENTRO, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra
o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.

Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las
políticas, normas y procedimientos de (INDICAR) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la
normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el CENTRO SANITARIO deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole
como estudiante. Al finalizar el periodo de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.

El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:

BOCM-20210417-4

El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente
expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.