Torrejón de Ardoz número 3 (BOCM-20210416-87)
Procedimiento 711/2020
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 90
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
87
TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3
EDICTO
Doña Eva María Yubero Chi, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio
por expiración legal o contractual del plazo - 250.1.1) número 711/2020, instados por procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S. A. U.,
contra don José Ignacio León Ruiz, en reclamación de 1800 euros, en los que se ha dictado en
fecha 8 de febrero de 2021 sentencia
La magistrada-juez: doña Genoveva Alicia Corominas Megías.
Lugar: Torrejón de Ardoz.
Fecha: 8 de febrero de 2001, cuyo fallo es la siguiente:
Fallo
BOCM-20210416-87
Que estimando en sustancia la demanda interpuesta por la representación procesal de
la mercantil Buildingcenter, S. A. U.. frente a don José Ignacio León Ruiz, declaro extinguido el contrato de arrendamiento que vincula a ambas partes de fecha 28 de noviembre
de 2014 y concertado sobre la vivienda de la calle del Monte, números 2-4, escalera B, piso
primero, puerta 24, de Valdeolmos (Madrid) y sus anejos inseparables, plaza de parking número 4 y trastero número 24 del mismo edificio y, en su consecuencia, condeno al demandado a dejar dicho inmueble vacuo, libre y expedito y a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Todo ello con imposición al demandado de
las costas procesales, sólo en el supuesto de que se hubieren devengado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de
50 euros, en la cuenta 3202-0000-03- 0711-20 de este órgano.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Ignacio
León Ruiz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 9 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/5.492/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
87
TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3
EDICTO
Doña Eva María Yubero Chi, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio
por expiración legal o contractual del plazo - 250.1.1) número 711/2020, instados por procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S. A. U.,
contra don José Ignacio León Ruiz, en reclamación de 1800 euros, en los que se ha dictado en
fecha 8 de febrero de 2021 sentencia
La magistrada-juez: doña Genoveva Alicia Corominas Megías.
Lugar: Torrejón de Ardoz.
Fecha: 8 de febrero de 2001, cuyo fallo es la siguiente:
Fallo
BOCM-20210416-87
Que estimando en sustancia la demanda interpuesta por la representación procesal de
la mercantil Buildingcenter, S. A. U.. frente a don José Ignacio León Ruiz, declaro extinguido el contrato de arrendamiento que vincula a ambas partes de fecha 28 de noviembre
de 2014 y concertado sobre la vivienda de la calle del Monte, números 2-4, escalera B, piso
primero, puerta 24, de Valdeolmos (Madrid) y sus anejos inseparables, plaza de parking número 4 y trastero número 24 del mismo edificio y, en su consecuencia, condeno al demandado a dejar dicho inmueble vacuo, libre y expedito y a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Todo ello con imposición al demandado de
las costas procesales, sólo en el supuesto de que se hubieren devengado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de
50 euros, en la cuenta 3202-0000-03- 0711-20 de este órgano.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Ignacio
León Ruiz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 9 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/5.492/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791