B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210416-1)
Convocatoria pruebas selectivas – Orden 539/2021, de 9 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 1916/2019, de 7 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 90
3.2. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 2.1 de la presente Orden, la Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión y del plazo de subsanación, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web citada en el párrafo anterior.
Cuarto
4.1. La disposición contenida en la base 2.1 de la Orden 1916/2019, de 7 de junio,
habrá de entenderse referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes
habilitado por esta Orden.
4.2. El orden de actuación de los aspirantes que habrá de regir en este proceso, se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra “K”, todo ello
de conformidad con la Resolución de 23 de abril de 2019, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de mayo), siendo
dicha letra la que habrá de ser tomada en consideración como último criterio de desempate
en caso de igualdad de puntuación entre los integrantes de la lista de espera para funcionarios interinos regulada en la base décima de la mencionada Orden 1916/2019, de 7 de junio, en sustitución de la prevista a tal efecto en la base 6.3 de la misma.
4.3. La regulación contenida en la señalada Orden 1916/2019, de 7 de junio, mantendrá su vigencia y continuará resultando de aplicación al proceso selectivo de referencia,
en todo aquello que no se haya visto afectado por lo dispuesto en la presente Orden.
Quinto
BOCM-20210416-1
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto.
Madrid, a 9 de marzo de 2021.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 90
3.2. Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 2.1 de la presente Orden, la Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión y del plazo de subsanación, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web citada en el párrafo anterior.
Cuarto
4.1. La disposición contenida en la base 2.1 de la Orden 1916/2019, de 7 de junio,
habrá de entenderse referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes
habilitado por esta Orden.
4.2. El orden de actuación de los aspirantes que habrá de regir en este proceso, se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra “K”, todo ello
de conformidad con la Resolución de 23 de abril de 2019, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de mayo), siendo
dicha letra la que habrá de ser tomada en consideración como último criterio de desempate
en caso de igualdad de puntuación entre los integrantes de la lista de espera para funcionarios interinos regulada en la base décima de la mencionada Orden 1916/2019, de 7 de junio, en sustitución de la prevista a tal efecto en la base 6.3 de la misma.
4.3. La regulación contenida en la señalada Orden 1916/2019, de 7 de junio, mantendrá su vigencia y continuará resultando de aplicación al proceso selectivo de referencia,
en todo aquello que no se haya visto afectado por lo dispuesto en la presente Orden.
Quinto
BOCM-20210416-1
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto.
Madrid, a 9 de marzo de 2021.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.