Paracuellos de Jarama (BOCM-20210414-64)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 88

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

PARACUELLOS DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2020, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa, sometida la misma a información pública (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 12, de 15 de enero de 2021), sin haberse
presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente
elevado a definitivo el acuerdo de aprobación adoptado por el Ayuntamiento Pleno, y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación aprobada.
Artículo único.—Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad
lucrativa.
Uno. Se introduce una disposición transitoria que queda redactada como sigue:
“DISPOSICIÓN TRANSITORIA

BOCM-20210414-64

La crisis sanitaria internacional generada por la pandemia provocada por COVID-19
justifica la necesidad de contribuir a paliar estas circunstancias excepcionales para hacer
frente al impacto económico y social de esta crisis tomando medidas urgentes y extraordinarias tendentes a mitigar el efecto de la pandemia en la sociedad y sus ciudadanos, especialmente en los colectivos más vulnerables.
Por ello, el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, con el fin de apoyar al comercio
local, establece una suspensión temporal para el ejercicio 2021 de aplicación de esta ordenanza fiscal, sin que proceda a devengarse dicha tasa durante el ejercicio 2021”.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, de
conformidad con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Paracuellos de Jarama, a 30 de marzo de 2021.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrua.
(03/11.536/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791