Móstoles número 1 (BOCM-20210414-176)
Ejecución 13/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DE 2021
Pág. 357
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D.D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 13/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. INMACULADA MANGUDO COTO frente a UNIVERSA MOSTOLES
SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 29.575,83 euros (desglosados según constan en auto despachando ejecución) de principal; 5.000 euros calculados
para intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total
del ejecutado UNIVERSA MOSTOLES SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele
nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UNIVERSA MOSTOLES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOCM-20210414-176
En Móstoles, a quince de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.761/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 88
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Pág. 357
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D.D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 13/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. INMACULADA MANGUDO COTO frente a UNIVERSA MOSTOLES
SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 29.575,83 euros (desglosados según constan en auto despachando ejecución) de principal; 5.000 euros calculados
para intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total
del ejecutado UNIVERSA MOSTOLES SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele
nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a UNIVERSA MOSTOLES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
BOCM-20210414-176
En Móstoles, a quince de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.761/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791