D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210414-24)
Convenio – Convenio de colaboración de 23 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Empleo y Competitividad) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), La Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid) para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DE 2021
Pág. 113
ción que canalice la colaboración de sus respectivos instrumentos de desarrollo comercial
hacia un nivel más elevado de cohesión técnica y económica, promoviendo iniciativas y acciones integradas, adaptables a cada uno los sectores, bajo un marco conjunto de actuación
en las áreas de ordenación, promoción y fomento, propiciando un asesoramiento homogéneo en dichas áreas, ya que gran parte de la normativa y acciones de fomento de la Comunidad de Madrid van dirigidas al sector comercial sin distinciones, así como la búsqueda
común de soluciones innovadoras y de nuevas fuentes para la recuperación comercial del
sector comercial, en su conjunto.
En este sentido de interrelación entre todas las partes el Convenio prevé, en su Cláusula Tercera, el Intercambio de contenidos y material informativo, incluyendo bancos de
imágenes, así como la promoción de acciones conjuntas con medios de comunicación como
presentaciones públicas, inauguraciones, participación en foros y cualquier otra de esta naturaleza que contribuya a la difusión de las asistencias.
En conclusión, todo lo expuesto anteriormente fundamenta la celebración de un único
Convenio que posibilite, bajo un marco conjunto de actuación en las áreas de ordenación,
promoción y fomento, la prestación de un asesoramiento homogéneo en dichas áreas para
los sectores comerciales considerados prioritarios de la Comunidad de Madrid y, que a su
vez proporcione a la Comunidad de Madrid información de las necesidades y sugerencias
de dichos sectores, de forma que permita a la Administración establecer patrones orientativos de determinadas necesidades del pequeño comercio minorista, de cara a la confección
de futuros programas y estrategias promocionales y de apoyo al sector.
VI. Que en este mismo sentido, en aras a la colaboración y con el fin de satisfacer las
necesidades que en los ámbitos señalados puedan demandar otros sectores comerciales, las
partes contemplan la posibilidad de que las asociaciones, federaciones y confederaciones
de comerciantes que tengan asumidas competencias en las materias objeto del presente
Acuerdo puedan adherirse al presente Convenio si existe disponibilidad presupuestaria.
VII. Que es necesario, por razones de eficacia práctica, establecer las líneas fundamentales así como de financiación adecuadas para la prestación de la asistencia técnica, estableciéndose una estructura de colaboración público-privada entre las partes, de forma que
se garantice la viabilidad de la misma desde la óptica de la participación y la eficacia.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y para la adecuada instrumentación de
los respectivos compromisos, las partes intervinientes proceden a formalizar el presente
Convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es establecer un marco de colaboración conjunta entre la Comunidad de Madrid y las asociaciones de comerciantes más representativas de los
sectores objeto del presente Convenio para, sin perder de vista las circunstancias y peculiaridades de cada uno de los mismos, sea posible ofrecer asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento al mayor número de empresas de comercio posible y con
un cierto grado de homogeneidad, para alcanzar un nivel adecuado de profesionalización
en materia de comercio.
Segunda
Dentro de esta actividad de colaboración se encuentran como líneas de actuación:
— Acciones dirigidas al comerciante para alcanzar un mayor grado de profesionalización, tales como:
d Información en materia de ordenación comercial.
d Asesoramiento para el desarrollo de estrategias promocionales y de profesionalización del sector.
d Apoyo en la participación de la actividad de fomento desarrollada por la Administración.
— Difusión conjunta de las actuaciones de asistencia técnica en los sectores objeto
del presente Convenio.
BOCM-20210414-24
Líneas generales de actuación
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DE 2021
Pág. 113
ción que canalice la colaboración de sus respectivos instrumentos de desarrollo comercial
hacia un nivel más elevado de cohesión técnica y económica, promoviendo iniciativas y acciones integradas, adaptables a cada uno los sectores, bajo un marco conjunto de actuación
en las áreas de ordenación, promoción y fomento, propiciando un asesoramiento homogéneo en dichas áreas, ya que gran parte de la normativa y acciones de fomento de la Comunidad de Madrid van dirigidas al sector comercial sin distinciones, así como la búsqueda
común de soluciones innovadoras y de nuevas fuentes para la recuperación comercial del
sector comercial, en su conjunto.
En este sentido de interrelación entre todas las partes el Convenio prevé, en su Cláusula Tercera, el Intercambio de contenidos y material informativo, incluyendo bancos de
imágenes, así como la promoción de acciones conjuntas con medios de comunicación como
presentaciones públicas, inauguraciones, participación en foros y cualquier otra de esta naturaleza que contribuya a la difusión de las asistencias.
En conclusión, todo lo expuesto anteriormente fundamenta la celebración de un único
Convenio que posibilite, bajo un marco conjunto de actuación en las áreas de ordenación,
promoción y fomento, la prestación de un asesoramiento homogéneo en dichas áreas para
los sectores comerciales considerados prioritarios de la Comunidad de Madrid y, que a su
vez proporcione a la Comunidad de Madrid información de las necesidades y sugerencias
de dichos sectores, de forma que permita a la Administración establecer patrones orientativos de determinadas necesidades del pequeño comercio minorista, de cara a la confección
de futuros programas y estrategias promocionales y de apoyo al sector.
VI. Que en este mismo sentido, en aras a la colaboración y con el fin de satisfacer las
necesidades que en los ámbitos señalados puedan demandar otros sectores comerciales, las
partes contemplan la posibilidad de que las asociaciones, federaciones y confederaciones
de comerciantes que tengan asumidas competencias en las materias objeto del presente
Acuerdo puedan adherirse al presente Convenio si existe disponibilidad presupuestaria.
VII. Que es necesario, por razones de eficacia práctica, establecer las líneas fundamentales así como de financiación adecuadas para la prestación de la asistencia técnica, estableciéndose una estructura de colaboración público-privada entre las partes, de forma que
se garantice la viabilidad de la misma desde la óptica de la participación y la eficacia.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y para la adecuada instrumentación de
los respectivos compromisos, las partes intervinientes proceden a formalizar el presente
Convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es establecer un marco de colaboración conjunta entre la Comunidad de Madrid y las asociaciones de comerciantes más representativas de los
sectores objeto del presente Convenio para, sin perder de vista las circunstancias y peculiaridades de cada uno de los mismos, sea posible ofrecer asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento al mayor número de empresas de comercio posible y con
un cierto grado de homogeneidad, para alcanzar un nivel adecuado de profesionalización
en materia de comercio.
Segunda
Dentro de esta actividad de colaboración se encuentran como líneas de actuación:
— Acciones dirigidas al comerciante para alcanzar un mayor grado de profesionalización, tales como:
d Información en materia de ordenación comercial.
d Asesoramiento para el desarrollo de estrategias promocionales y de profesionalización del sector.
d Apoyo en la participación de la actividad de fomento desarrollada por la Administración.
— Difusión conjunta de las actuaciones de asistencia técnica en los sectores objeto
del presente Convenio.
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Líneas generales de actuación