D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210414-46)
Bien de interés cultural –  Resolución de 9 de abril de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la pintura correspondiente al lote 229, de la subasta 409, de la sala Ansorena, del día 8 de abril de 2021, integrado por una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”, atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio con el título “Ecce Homo”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura y Turismo
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RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la pintura correspondiente al lote 229, de
la subasta 409, de la sala Ansorena, del día 8 de abril de 2021, integrado por
una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”,
atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio con el título “Ecce Homo”.

A instancias de la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte, conforme a la Orden Ministerial de 7 de abril de 2021, por la que se declara expresamente inexportable, como medida cautelar, el lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021, integrado por una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII),
“La coronación de espinas”. Óleo sobre lienzo, medidas 111 × 86 cm; considerando que, a
tenor de los informes técnicos emitidos por el Ministerio de Cultura y Deporte y el Museo
del Prado, la citada pintura merece ser declarada Bien de Interés Cultural por su interés histórico y artístico, así como su posible atribución a Michelangelo Merisi da Caravaggio bajo
el título “Ecce Homo”; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes
de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y
en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.1.b) del Decreto 280/2019, de 29
de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Cultura y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31
de octubre de 2019),
RESUELVO
Primero
Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural de la pintura correspondiente al lote 229 de la subasta 409 de la sala Ansorena del día 8 de abril de 2021,
integrado por una obra del Círculo de José de Ribera (s. XVII), “La coronación de espinas”.
Óleo sobre lienzo, medidas 111 × 86 cm, atribuible a Michelangelo Merisi da Caravaggio
con el título “Ecce Homo”, cuya descripción y justificación de los valores que motivan su
declaración figuran en el Anexo adjunto.

Tercero
Abrir un período de información pública por un plazo de un mes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y
al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección
General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 Madrid, y presentar las
alegaciones que estimen oportuno.
Cuarto
Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.
En Madrid, a 9 de abril de 2021.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Elena Hernando Gonzalo.

BOCM-20210414-46

Segundo
Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que,
de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, de no ser emitido en el
mes siguiente a su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.