C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210413-16)
Pruebas capacitación profesional –  Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan pruebas selectivas en el año 2021 para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican, y de maquinista y palista minero
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 87

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se convocan pruebas selectivas en el año 2021 para
la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, de instalador, mantenedor u operador en
las ramas que se indican, y de maquinista y palista minero.

La Orden 351/1991, de 16 de enero, de la Consejería de Economía, establece las normas de las convocatorias de exámenes para la obtención de los carnés profesionales de instalador y/o mantenedor en las diversas ramas de actividad y de maquinista y palista minero, en materia de industria, energía y minas.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la citada orden, por la presente resolución se resuelve convocar las pruebas de los exámenes para la obtención en el año 2021,
de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial en las diversas especialidades que se detallan, conforme a las bases de las
convocatorias señaladas en la misma.
La presente resolución se refiere, en materia de seguridad industrial, a las vías de acceso
establecidas para cada actividad mediante la superación de exámenes teórico-prácticos realizados por el órgano territorial competente en dicha materia, en este caso la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Una vez superados los exámenes, debe
solicitarse la expedición del carné profesional o certificado de cualificación profesional correspondiente, mediante el correspondiente documento dirigido a la citada dirección general.
En cuanto al carné de operador de maquinaria minera móvil, la reglamentación específica
por razón de la materia es la Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE SM 07.1.03 “Desarrollo de las labores”, del Capítulo VII “Trabajos a cielo abierto”, del Reglamento General
de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y
Energía de 16 de abril de 1990. El apartado 5.1.1 “Operadores de máquinas” de la citada
ITC MIE SM 07.1.03, establece que los profesionales que manejan la maquinaria relativa
al carné de maquinista y palista minero deben tener la autorización correspondiente a cada
tipo de máquina, es decir, el mencionado carné, y que dichas autorizaciones, equivalentes
al carné, “deben ser renovadas cada cinco años”.
Para la obtención del carné de operador de maquinaria minera móvil se precisa el previo seguimiento de cursos específicos en seguridad minera referidos a cada especialidad y
se admite que dichos cursos se impartan no solamente por las empresas del sector minero
sino también por entidades habilitadas para ello ajenas a dichas empresas, siempre que los
cursos se refieran asimismo a la seguridad minera relativa a la maquinaria correspondiente
a cada especialidad. Tanto en un supuesto como en otro, los interesados que hayan seguido
dichos cursos específicos deben superar, en la correspondiente convocatoria, las pruebas
teórico-prácticas ante los Servicios técnicos de la Dirección General de Industria, Energía
y Minas, con anterioridad a la solicitud de expedición del carné.
Se destaca, por otro lado, que las pruebas y los cursos formativos que se realicen para la obtención del carné de operador de maquinista y palista minero son independientes de las obligaciones de las empresas de explotaciones mineras, voladuras y/o establecimientos de beneficio en
relación con la formación para la prevención de riesgos laborales en seguridad minera, de acuerdo con los reglamentos y especificaciones técnicas de aplicación vigentes en cada momento.
Visto lo que antecede y de acuerdo con las disposiciones legales y demás concordantes de general aplicación, esta dirección general, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Convocar para el año 2021 las pruebas selectivas para la obtención de los carnés profesionales o certificados de cualificación profesional en materia de seguridad industrial, relativos a instalador, mantenedor u operador en las ramas que se indican, y de maquinistas y
palistas mineros, que se regirán por las bases que se indican a continuación.

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