Guadalajara número 2 (BOCM-20210413-181)
Procedimiento 482/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
181
GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª MARIA FRAILE IZQUIERDO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 482/2019-C de este Juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D/Dª DEIENE JUANES DE ANDRES contra SILVER
SPORT SL sobre cantidad, se ha dictado sentencia que contiene el siguiente Fallo:
“Que estimando como estimo la demanda formulada por Dª DEIENE JUANES DE
ANDRÉS frente a SILVER SPORT S.L., CONDENO a SILVER SPORT S.L a abonar a la
actora la cantidad de 4.158,59 euros más 485,12 euros de intereses de demora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS siendo indispensable que al
tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del
beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta del Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así
mismo deberá cumplir las normas legales en vigor. Adviértase igualmente al recurrente que
no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178000060048219, debiendo indicar en el campo concepto
“recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad,
deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de
condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad
en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta
Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SILVER SPORT SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara y de la comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/11.354/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210413-181
En GUADALAJARA, a veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
181
GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª MARIA FRAILE IZQUIERDO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 482/2019-C de este Juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D/Dª DEIENE JUANES DE ANDRES contra SILVER
SPORT SL sobre cantidad, se ha dictado sentencia que contiene el siguiente Fallo:
“Que estimando como estimo la demanda formulada por Dª DEIENE JUANES DE
ANDRÉS frente a SILVER SPORT S.L., CONDENO a SILVER SPORT S.L a abonar a la
actora la cantidad de 4.158,59 euros más 485,12 euros de intereses de demora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS siendo indispensable que al
tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del
beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta del Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así
mismo deberá cumplir las normas legales en vigor. Adviértase igualmente al recurrente que
no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178000060048219, debiendo indicar en el campo concepto
“recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad,
deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de
condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad
en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta
Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SILVER SPORT SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara y de la comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/11.354/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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En GUADALAJARA, a veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.