Madrid número 18 (BOCM-20210413-83)
Procedimiento 436/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
83
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CEDULA DE CITACIÓN
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 436/2021
entre D./Dña. ELDER MISAEL VARELA MELENDEZ y D./Dña. DANIELA PAOLA
ESPAÑOL CHINCHILLA y D./Dña. CRISTIAN FABIAN JARAMILLO QUINTERO
por un presunto delito de Amenazas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR:
Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid.
ASUNTO EN EL QUE SE ACUERDA:
Juicio sobre delitos leves 436/2021.
PERSONA QUE SE CITA:
D./Dña. ELDER MISAEL VARELA MELENDEZ.
SE LE CITA EN CALIDAD DE:
PERJUDICADO/A.
OBJETO DE LA CITACIÓN:
Asistir a la celebración de la vista del juicio oral.
DIA Y HORA Y LUGAR DONDE DEBE COMPARECER:
11/05/2021 a las 10:30 horas, en la 6ª PLANTA.
PREVENCIONES LEGALES
2. Conforme al art. 109 de la LECR como perjudicado tiene derecho a mostrarse parte en el proceso y renunciar o no a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado por el hecho punible, y conforme al art. 110 del mismo texto
legal, tiene derecho a mostrarse parte en la causa y ejercitar las acciones civiles y penales
que procedan o solamente unas u otras, según les conviniere, sin que por ello se retroceda
en el curso de las actuaciones. Aun cuando no se muestre parte en la causa, no por esto se
entiende que renuncian al derecho de restitución, reparación o indemnización que a su favor puede acordarse en sentencia firme, siendo menester que la renuncia de este derecho se
haga en su caso de una manera expresa y terminante.
3. De mostrarse parte en la causa, deberá comparecer al acto de juicio con todos los
medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, perito…).
BOCM-20210413-83
1. Se le hace saber que el juicio podrá celebrarse sin su presencia, y con apercibimiento de que si reside en la demarcación de este juzgado, y no comparece ni alega justa causa
que se lo impida, podrá imponérsele una multa de 200 a 2000 euros, y demás perjuicio que
hubiere lugar en derecho.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
83
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CEDULA DE CITACIÓN
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 436/2021
entre D./Dña. ELDER MISAEL VARELA MELENDEZ y D./Dña. DANIELA PAOLA
ESPAÑOL CHINCHILLA y D./Dña. CRISTIAN FABIAN JARAMILLO QUINTERO
por un presunto delito de Amenazas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR:
Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid.
ASUNTO EN EL QUE SE ACUERDA:
Juicio sobre delitos leves 436/2021.
PERSONA QUE SE CITA:
D./Dña. ELDER MISAEL VARELA MELENDEZ.
SE LE CITA EN CALIDAD DE:
PERJUDICADO/A.
OBJETO DE LA CITACIÓN:
Asistir a la celebración de la vista del juicio oral.
DIA Y HORA Y LUGAR DONDE DEBE COMPARECER:
11/05/2021 a las 10:30 horas, en la 6ª PLANTA.
PREVENCIONES LEGALES
2. Conforme al art. 109 de la LECR como perjudicado tiene derecho a mostrarse parte en el proceso y renunciar o no a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado por el hecho punible, y conforme al art. 110 del mismo texto
legal, tiene derecho a mostrarse parte en la causa y ejercitar las acciones civiles y penales
que procedan o solamente unas u otras, según les conviniere, sin que por ello se retroceda
en el curso de las actuaciones. Aun cuando no se muestre parte en la causa, no por esto se
entiende que renuncian al derecho de restitución, reparación o indemnización que a su favor puede acordarse en sentencia firme, siendo menester que la renuncia de este derecho se
haga en su caso de una manera expresa y terminante.
3. De mostrarse parte en la causa, deberá comparecer al acto de juicio con todos los
medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, perito…).
BOCM-20210413-83
1. Se le hace saber que el juicio podrá celebrarse sin su presencia, y con apercibimiento de que si reside en la demarcación de este juzgado, y no comparece ni alega justa causa
que se lo impida, podrá imponérsele una multa de 200 a 2000 euros, y demás perjuicio que
hubiere lugar en derecho.