Collado Villalba número 1 (BOCM-20210413-86)
Procedimiento 198/2018
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
86
COLLADO VILLALBA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Yolanda Caballero Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 1.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 198/2018, instados por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de Pamarga Investments, S. L. U., contra doña Mercedes Martín González y don
Antonio López Muñoz, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 11 de
diciembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
BOCM-20210413-86
Estimar íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales don
Esteban Muñoz Nieto, en representación de Pamarga Investments, S. L. U., contra doña
Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz, en situación procesal de rebeldía;
y, en consecuencia, condeno a los referidos demandados a pagar a la demandante, Pamarga Investments, S. L. U., la cantidad de 4.895,34 euros, más los intereses legales devengados por dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda e incrementados en
dos puntos desde el dictado de esta sentencia hasta su pago.
Las costas procesales ocasionadas por las presentes actuaciones se imponen a los demandados doña Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe
recurso de apelación, cuya resolución corresponde a la Audiencia Provincial de Madrid, y
que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, a contar
desde el día siguiente a su notificación.
Así, por esta sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Collado Villalba, a 11 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/3.857/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 220
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B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
86
COLLADO VILLALBA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Yolanda Caballero Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
primera instancia número 1.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 198/2018, instados por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de Pamarga Investments, S. L. U., contra doña Mercedes Martín González y don
Antonio López Muñoz, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 11 de
diciembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
BOCM-20210413-86
Estimar íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales don
Esteban Muñoz Nieto, en representación de Pamarga Investments, S. L. U., contra doña
Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz, en situación procesal de rebeldía;
y, en consecuencia, condeno a los referidos demandados a pagar a la demandante, Pamarga Investments, S. L. U., la cantidad de 4.895,34 euros, más los intereses legales devengados por dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda e incrementados en
dos puntos desde el dictado de esta sentencia hasta su pago.
Las costas procesales ocasionadas por las presentes actuaciones se imponen a los demandados doña Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe
recurso de apelación, cuya resolución corresponde a la Audiencia Provincial de Madrid, y
que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, a contar
desde el día siguiente a su notificación.
Así, por esta sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Mercedes Martín González y don Antonio López Muñoz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Collado Villalba, a 11 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de
Justicia (firmado).
(02/3.857/21)
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ISSN 1989-4791