Madrid número 5 (BOCM-20210413-102)
Procedimiento 1280/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
Pág. 237
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
102
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1280/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D./Dña. JOSE MARIA CALVO ORTEGA frente a FOGASA y SOUTH HAMPSHIRE
S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUMERO 55/21
EN NOMBRE DEL REY
En Madrid a veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.
VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, MagistradaJuez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD
siendo partes en los mismos, de una como demandante D. JOSÉ MARÍA CALVO ORTEGA asistido D. Rafael Gil Durán por el Letrado y de otra, como demandada SOUTH
HAMPSHIRE SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL representado por el Letrado D. José Fernando Alonso Núñez.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. JOSÉ MARÍA CALVO
ORTEGA contra SOUTH HAMPSHIRE SL, con citación del FONDO DE GARANTÍA
SALARIAL debo condenar a la empresa a que abone al actor la suma de 2.866,5 euros más
un interés del 10 por 100 en concepto de mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y
contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o
de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar
el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de
300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con
el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo
constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOUTH HAMPSHIRE
S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20210413-102
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
Pág. 237
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
102
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1280/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D./Dña. JOSE MARIA CALVO ORTEGA frente a FOGASA y SOUTH HAMPSHIRE
S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUMERO 55/21
EN NOMBRE DEL REY
En Madrid a veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.
VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, MagistradaJuez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD
siendo partes en los mismos, de una como demandante D. JOSÉ MARÍA CALVO ORTEGA asistido D. Rafael Gil Durán por el Letrado y de otra, como demandada SOUTH
HAMPSHIRE SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL representado por el Letrado D. José Fernando Alonso Núñez.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. JOSÉ MARÍA CALVO
ORTEGA contra SOUTH HAMPSHIRE SL, con citación del FONDO DE GARANTÍA
SALARIAL debo condenar a la empresa a que abone al actor la suma de 2.866,5 euros más
un interés del 10 por 100 en concepto de mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y
contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o
de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar
el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de
300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con
el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo
constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOUTH HAMPSHIRE
S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20210413-102
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.