Madrid número 4 (BOCM-20210413-99)
Procedimiento 1136/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1136/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXEY NASIBULIN frente a DIMA OBRAS RESTAURACIONES Y REFORMAS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente
resolución:
FALLO
Estimo en parte la demanda interpuesta por Alexey Nasibulin contra Dima Obras, Restauraciones y Reformas, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a Dima
Obras, Restauraciones y Reformas, S.L a hacerle pago de la cantidad de doce mil trescientos ochenta y tres euros y cincuenta y cinco céntimos (12.383,55 euros), más el interés por
mora del 10% anual, con absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades
legales.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de
los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y
no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502
000000 nº de autos con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049
3569 9200 0500 1274 en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año
con 2 dígitos, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIMA OBRAS RESTAURACIONES Y REFORMAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210413-99
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.651/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1136/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXEY NASIBULIN frente a DIMA OBRAS RESTAURACIONES Y REFORMAS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente
resolución:
FALLO
Estimo en parte la demanda interpuesta por Alexey Nasibulin contra Dima Obras, Restauraciones y Reformas, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a Dima
Obras, Restauraciones y Reformas, S.L a hacerle pago de la cantidad de doce mil trescientos ochenta y tres euros y cincuenta y cinco céntimos (12.383,55 euros), más el interés por
mora del 10% anual, con absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades
legales.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de
los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y
no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502
000000 nº de autos con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049
3569 9200 0500 1274 en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año
con 2 dígitos, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIMA OBRAS RESTAURACIONES Y REFORMAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de marzo de dos mil veintiuno.
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(03/9.651/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791