Madrid número 14 (BOCM-20210413-114)
Procedimiento 1087/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 87

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
114

MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1087/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. GABRIELA CHIRIAC frente a ALIMENTACION Y HOSTELERIA MADRILEÑA SA y BUFETE BOSCH S.L.P.U. sobre Procedimiento Ordinario se
ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia nº 89/21, de fecha 11/03/2021, por la que “ESTIMANDO la demanda que
en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha interpuesto DÑA. GABRIELA CHIRIAC contra ALIMENTACIÓN Y HOSTELERÍA MADRILEÑA S.A., debo condenar y
condeno a ésta a que abone al actor la cantidad total bruta de CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (4.382,31 euros)
junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET; y ello habiéndose dado intervención
a la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL”,
contra la que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, que
deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días, bastando para ello la mera
manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia.
Igualmente, se le notifica que por Diligencia de Ordenación de fecha 16/03/2021 se ha
tenido por renunciada a la Letrada DÑA. MARIA CARAVACA CABALLERO en la defensa de sus intereses.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ALIMENTACION Y HOSTELERIA
MADRILEÑA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciséis de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210413-114

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.611/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791