A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210413-1)
Medidas específicas salud pública contención COVID-19 –  Orden 435/2021, de 10 de abril, de la Consejería de Sanidad, de corrección de errores de la Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 87

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Sanidad
1

ORDEN 435/2021, de 10 de abril, de la Consejería de Sanidad, de corrección
de errores de la Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad,
por la que se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería
de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que
se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud
pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica.

Advertido error en la Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consjería de Sanidad, por la
que se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que
se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para
la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020,
de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por
razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica, publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril, se procede a realizar la oportuna
rectificación:
En el apartado segundo, punto único:
Donde dice:
“— El municipio de Villaviciosa de Odón (zona básica de salud Villaviciosa de Odón)”.
Debe decir:
“— El municipio de Villaviciosa de Odón (zona básica de salud Villaviciosa de Odón),
siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por el Camino
de la Zarzuela y Cordel Real (límite con el municipio de Móstoles)”.
Madrid, a 10 de abril de 2021.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

BOCM-20210413-1

(03/12.776/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791