Madrid número 21 (BOCM-20210413-132)
Ejecución 18/2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 87

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 18/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Martin Nieto, frente a Gabosa 2017, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
Parte dispositiva:

BOCM-20210413-132

Se declara extinguida la relación laboral entre doña María del Carmen Martín Nieto y
la mercantil Gabosa 2017, S. L., con efectos de esta resolución, 11 de marzo de 2021.
Se condena a Gabosa 2017, S. L., a satisfacer al ejecutante una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012, y de 33 días
por año desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012, de 10 de febrero, disposición
transitoria quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a una anualidad,
computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución,
que supone el importe de 1.706,38 euros.
Condena también a la ejecutada a abonar el importe 16.169,5 euros brutos, en concepto
de salarios de tramitación, desde el despido (5 de diciembre de 2019) hasta la fecha de la presente resolución, 11 de marzo de 2021, descontando el período trabajado (diecinueve días).
Modo impugnación: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del artículo 184.1 de la LEC.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Gabosa 2017, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 12 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/9.540/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791