C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210413-11)
Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 26 de marzo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2021, del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
Pág. 55
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
11
ORDEN de 26 de marzo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2021, del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su
modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 9962/2012, de 31 de agosto, de la Consejera de Educación y Empleo (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 28 de septiembre de 2012), modificada por la Orden 7941/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2013), al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa,
y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente
de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2021, de las subvenciones incluidas en el Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 500.000 euros.
Segundo
Las referidas obligaciones se financiarán con cargo al subconcepto 47202 del Programa 241N, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2021.
Madrid, a 26 de marzo de 2021.
(03/11.453/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210413-11
El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
PS, el Consejero de Hacienda y Función Pública
(Decreto 17/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021
Pág. 55
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
11
ORDEN de 26 de marzo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2021, del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su
modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 9962/2012, de 31 de agosto, de la Consejera de Educación y Empleo (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 28 de septiembre de 2012), modificada por la Orden 7941/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2013), al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa,
y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente
de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2021, de las subvenciones incluidas en el Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 500.000 euros.
Segundo
Las referidas obligaciones se financiarán con cargo al subconcepto 47202 del Programa 241N, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2021.
Madrid, a 26 de marzo de 2021.
(03/11.453/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210413-11
El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
PS, el Consejero de Hacienda y Función Pública
(Decreto 17/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC