Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 320
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE SERVICIOS
SOCIALES PARA EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las entidades sociales y
asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de
Leganés en el área de Servicios Sociales desarrollando iniciativas específicas de lucha contra la
exclusión social con proyectos en favor de la integración social.
2.
ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
2.1. Proyectos de atención directa a personas en situación de vulnerabilidad social.
2.2. Proyectos desde la colaboración social, vecinal para la prevención y/o reinserción de las
personas que sufren desigualdad social.
2.3. Desarrollo de programas o proyectos destinados a trabajar con grupos de especial
vulnerabilidad social. Deberán estar bien definidas tanto la actividad como la tarea de las
mismas. Las propuestas deben estar relacionadas con actividades de promoción social
de las personas y/o familias afectadas. Se excluirán desde Servicios Sociales aquellas
iniciativas que abarquen la atención sanitaria y/o tratamiento de Salud por ser más
específico de otras áreas municipales.
2.4. Desarrollo de programas o proyectos destinados a trabajar y/o apoyar la situación actual
de las familias en Leganés en los que la iniciativa no esté contemplada y cubierta por
entidades para los mismos fines.
2.5. Campaña de sensibilización, jornadas, mesas redondas, charlas coloquio donde se
visualice el trabajo con los colectivos diana de nuestras subvenciones, grupos de especial
vulnerabilidad social y familias de Leganés en dificultad social.
3.
CRITERIOS DE VALORACIÓN.
3.1 Los establecidos con carácter general en las bases de convocatoria.
3.2 Que el proyecto tenga presente las prioridades marcadas en el objeto de la convocatoria.
-
Máximo 5 puntos.
3.3 Número de socios:
-
Más de 50: máximo1 punto.
Entre 25 y 50: máximo 0.50 puntos.
Entre 10 y 25: máximo 0.25 puntos.
3.4 Antigüedad de la Asociación:
-
Superior a 2 años: máximo 1 punto.
Entre 1 y 2 años: máximo 0.50 puntos.
Inferior a 1 año: máximo 0.25 puntos.
3.5 Participación previa y constante de los destinatarios:
-
Máximo 2 puntos.
-
Al conjunto de la población afectada: máximo 1 punto.
Exclusivamente a sus socios: 0.50 puntos.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto
dividiendo el 100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las
asociaciones. El valor de cada punto se multiplicará por los puntos obtenidos por cada una de las
asociaciones, para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se aplicará redondeo en
las cantidades para evitar los céntimos).
BOCM-20210412-46
3.6 Sector de la población a la que se destina prioritariamente el proyecto:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 320
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE SERVICIOS
SOCIALES PARA EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las entidades sociales y
asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de
Leganés en el área de Servicios Sociales desarrollando iniciativas específicas de lucha contra la
exclusión social con proyectos en favor de la integración social.
2.
ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
2.1. Proyectos de atención directa a personas en situación de vulnerabilidad social.
2.2. Proyectos desde la colaboración social, vecinal para la prevención y/o reinserción de las
personas que sufren desigualdad social.
2.3. Desarrollo de programas o proyectos destinados a trabajar con grupos de especial
vulnerabilidad social. Deberán estar bien definidas tanto la actividad como la tarea de las
mismas. Las propuestas deben estar relacionadas con actividades de promoción social
de las personas y/o familias afectadas. Se excluirán desde Servicios Sociales aquellas
iniciativas que abarquen la atención sanitaria y/o tratamiento de Salud por ser más
específico de otras áreas municipales.
2.4. Desarrollo de programas o proyectos destinados a trabajar y/o apoyar la situación actual
de las familias en Leganés en los que la iniciativa no esté contemplada y cubierta por
entidades para los mismos fines.
2.5. Campaña de sensibilización, jornadas, mesas redondas, charlas coloquio donde se
visualice el trabajo con los colectivos diana de nuestras subvenciones, grupos de especial
vulnerabilidad social y familias de Leganés en dificultad social.
3.
CRITERIOS DE VALORACIÓN.
3.1 Los establecidos con carácter general en las bases de convocatoria.
3.2 Que el proyecto tenga presente las prioridades marcadas en el objeto de la convocatoria.
-
Máximo 5 puntos.
3.3 Número de socios:
-
Más de 50: máximo1 punto.
Entre 25 y 50: máximo 0.50 puntos.
Entre 10 y 25: máximo 0.25 puntos.
3.4 Antigüedad de la Asociación:
-
Superior a 2 años: máximo 1 punto.
Entre 1 y 2 años: máximo 0.50 puntos.
Inferior a 1 año: máximo 0.25 puntos.
3.5 Participación previa y constante de los destinatarios:
-
Máximo 2 puntos.
-
Al conjunto de la población afectada: máximo 1 punto.
Exclusivamente a sus socios: 0.50 puntos.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto
dividiendo el 100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las
asociaciones. El valor de cada punto se multiplicará por los puntos obtenidos por cada una de las
asociaciones, para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se aplicará redondeo en
las cantidades para evitar los céntimos).
BOCM-20210412-46
3.6 Sector de la población a la que se destina prioritariamente el proyecto: