B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210412-5)
Concurso de méritos – Orden de 26 de marzo de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 22 de octubre de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de noviembre), de la citada Consejería, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
Tercero
Recursos
BOCM-20210412-5
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de marzo de 2021.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
P. D. (Orden de 19 de febrero de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 26 de febrero), el Secretario General Técnico, P. S. (Decreto 19/2021, de 11 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de marzo), el Secretario General Técnico de Hacienda y Función Pública, Juan Revuelta González.
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 86
Tercero
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BOCM-20210412-5
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de marzo de 2021.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
P. D. (Orden de 19 de febrero de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 26 de febrero), el Secretario General Técnico, P. S. (Decreto 19/2021, de 11 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de marzo), el Secretario General Técnico de Hacienda y Función Pública, Juan Revuelta González.