B) Autoridades y Personal - CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20210409-10)
Puesto libre designación – Resolución de 25 de marzo de 2021, del Presidente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de 24 de marzo de 2021 por el que se aprueba convocatoria pública de un puesto de trabajo, para su provisión por el sistema de Libre Designación, en la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
Pág. 47
— Anexo IV: Currículo profesional en el que figuren los datos académicos, cuerpo
funcionarial de procedencia, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados,
estudios y cursos realizados y otros méritos que se estimen oportunos poner de
manifiesto, todo lo cual se acreditará documentalmente en el momento que se requiera; se harán constar de forma explícita y pormenorizada las características y
contenido de los puesto de trabajo desempeñados en los últimos cinco años.
2. Los modelos de solicitud, de certificado de Registro de Personal y de méritos alegados por el concursante (Anexos II, III, y IV) se encontrarán a disposición de los interesados
en la sede electrónica de la Cámara de Cuentas (https://sede.camaradecuentasmadrid.org/),
accesible también a través del portal de Internet http://www.camaradecuentasmadrid.org.
Quinto
La Cámara de Cuentas podrá citar a los aspirantes para la celebración de entrevistas
personales que permitan apreciar y precisar la experiencia profesional y sus aptitudes para
el desempeño de los puestos solicitados.
Sexto
BOCM-20210409-10
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 25 de marzo de 2021.—El Presidente en funciones, Carlos Salgado Pérez.
B.O.C.M. Núm. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
Pág. 47
— Anexo IV: Currículo profesional en el que figuren los datos académicos, cuerpo
funcionarial de procedencia, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados,
estudios y cursos realizados y otros méritos que se estimen oportunos poner de
manifiesto, todo lo cual se acreditará documentalmente en el momento que se requiera; se harán constar de forma explícita y pormenorizada las características y
contenido de los puesto de trabajo desempeñados en los últimos cinco años.
2. Los modelos de solicitud, de certificado de Registro de Personal y de méritos alegados por el concursante (Anexos II, III, y IV) se encontrarán a disposición de los interesados
en la sede electrónica de la Cámara de Cuentas (https://sede.camaradecuentasmadrid.org/),
accesible también a través del portal de Internet http://www.camaradecuentasmadrid.org.
Quinto
La Cámara de Cuentas podrá citar a los aspirantes para la celebración de entrevistas
personales que permitan apreciar y precisar la experiencia profesional y sus aptitudes para
el desempeño de los puestos solicitados.
Sexto
BOCM-20210409-10
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 25 de marzo de 2021.—El Presidente en funciones, Carlos Salgado Pérez.