Madrid número 11 (BOCM-20210409-105)
Procedimiento 165/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 348
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
105
MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 165/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIO ERNESTO ANDINO CEBALLOS frente a MONTARACK WORKING
SL y D./Dña. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución cuya parte dispositiva establece:
Que procede aclarar el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos de fecha 277-2020, debiendo quedar el mismo redactado en los términos siguientes:
“Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Mario Ernesto Andino Ceballos, contra, MONTARACK WORKING S.L., y, D. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA, en reclamación por despido y cantidad, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el demandante, el día 13-12-2019, condenando a la empresa
demandada Montarack Working S.L., a optar, en el plazo de cinco días a contar desde la
notificación de esta sentencia y sin necesidad de esperar a la firmeza de la misma, entre:
1) la readmisión del demandante en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que
tenía antes de producirse el despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde
la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia, en el sentido expuesto;
o, 2) el abono de una indemnización en cuantía de 774,84 euros, con extinción del contrato de trabajo, con efectos de 13-12-2019; y, en ambos casos, al abono de la cantidad
de 599,30 euros, por los conceptos salariales indicados, con absolución del codemandado
D. Edison Geovanny Orellana Vaca”.
Se advierte a las partes que el presente Auto es firme y no cabe interponer recurso alguno.
Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MONTARACK
WORKING SL y D./Dña. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210409-105
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.200/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 348
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
105
MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 165/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIO ERNESTO ANDINO CEBALLOS frente a MONTARACK WORKING
SL y D./Dña. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución cuya parte dispositiva establece:
Que procede aclarar el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos de fecha 277-2020, debiendo quedar el mismo redactado en los términos siguientes:
“Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Mario Ernesto Andino Ceballos, contra, MONTARACK WORKING S.L., y, D. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA, en reclamación por despido y cantidad, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el demandante, el día 13-12-2019, condenando a la empresa
demandada Montarack Working S.L., a optar, en el plazo de cinco días a contar desde la
notificación de esta sentencia y sin necesidad de esperar a la firmeza de la misma, entre:
1) la readmisión del demandante en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que
tenía antes de producirse el despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde
la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia, en el sentido expuesto;
o, 2) el abono de una indemnización en cuantía de 774,84 euros, con extinción del contrato de trabajo, con efectos de 13-12-2019; y, en ambos casos, al abono de la cantidad
de 599,30 euros, por los conceptos salariales indicados, con absolución del codemandado
D. Edison Geovanny Orellana Vaca”.
Se advierte a las partes que el presente Auto es firme y no cabe interponer recurso alguno.
Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MONTARACK
WORKING SL y D./Dña. EDISON GEOVANNY ORELLANA VACA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210409-105
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.200/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791