Madrid número 40 (BOCM-20210409-161)
Procedimiento 1101/2019
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 418
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
161
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1101/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIA DEL MAR GOMEZ MESEGAL frente a BANDOLEROS SL y GLOBALCINEMASERVICES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Auto de aclaración de Sentencia en fecha 09/03/2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se corrige el error material mecanográfico de la sentencia de fecha 1 de marzo de 2021
dictada en los autos nº 1101-2019 cuyo hecho probado primero queda redactado en los siguientes términos:
PRIMERO.- La demandante Dñª MARIA DEL MAR GOMEZ MESEGAL ha prestado
servicios por cuenta y dependencia de la empresa GLOBALCINEMASERVICES SL desde
el 10-10-2018 hasta el 28-02-2019, con la categoría profesional de secretaria de producción,
y percibiendo un salario mensual de 1.746,74 euros incluida la parte proporcional de pagas
extraordinarias(folios 127 a 137).
La relación laboral se inició en virtud de un contrato de trabajo temporal por obra o
servicio determinado.
Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno sin perjuicio del recurso de suplicación que en su caso se formule
contra la sentencia.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Dª YOLANDA MARTINEZ ALVAREZ
LA MAGISTRADA-JUEZ
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a nueve de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.199/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210409-161
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BANDOLEROS SL y
GLOBALCINEMASERVICES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Pág. 418
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
161
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1101/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIA DEL MAR GOMEZ MESEGAL frente a BANDOLEROS SL y GLOBALCINEMASERVICES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Auto de aclaración de Sentencia en fecha 09/03/2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se corrige el error material mecanográfico de la sentencia de fecha 1 de marzo de 2021
dictada en los autos nº 1101-2019 cuyo hecho probado primero queda redactado en los siguientes términos:
PRIMERO.- La demandante Dñª MARIA DEL MAR GOMEZ MESEGAL ha prestado
servicios por cuenta y dependencia de la empresa GLOBALCINEMASERVICES SL desde
el 10-10-2018 hasta el 28-02-2019, con la categoría profesional de secretaria de producción,
y percibiendo un salario mensual de 1.746,74 euros incluida la parte proporcional de pagas
extraordinarias(folios 127 a 137).
La relación laboral se inició en virtud de un contrato de trabajo temporal por obra o
servicio determinado.
Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno sin perjuicio del recurso de suplicación que en su caso se formule
contra la sentencia.
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Dª YOLANDA MARTINEZ ALVAREZ
LA MAGISTRADA-JUEZ
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a nueve de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.199/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210409-161
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BANDOLEROS SL y
GLOBALCINEMASERVICES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.