Móstoles número 1 (BOCM-20210409-176)
Ejecución 38/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
Pág. 433
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 38/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. ANGEL LOPEZ CALVO MANZANO frente a
ALDA FONTANERIA Y CALEFACCION, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado Auto y Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. ANGEL LOPEZ CALVO MANZANO, frente a la demandada ALDA FONTANERIA Y CALEFACCION, S.L., parte ejecutada, por un principal de 13.908,18 euros
(7.300,16 euros de indemnización, 1.516,80 euros de salarios de trámite, más 5.091,22
euros de cantidad), más 2.364,39 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000 64-0038-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a diez de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.159/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210409-176
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALDA FONTANERIA
Y CALEFACCION, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
B.O.C.M. Núm. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
Pág. 433
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 38/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. ANGEL LOPEZ CALVO MANZANO frente a
ALDA FONTANERIA Y CALEFACCION, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado Auto y Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. ANGEL LOPEZ CALVO MANZANO, frente a la demandada ALDA FONTANERIA Y CALEFACCION, S.L., parte ejecutada, por un principal de 13.908,18 euros
(7.300,16 euros de indemnización, 1.516,80 euros de salarios de trámite, más 5.091,22
euros de cantidad), más 2.364,39 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000 64-0038-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a diez de marzo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.159/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210409-176
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALDA FONTANERIA
Y CALEFACCION, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.