Móstoles número 1 (BOCM-20210409-177)
Ejecución 1/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 434
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 84
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
177
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Yolanda Martín Prior frente a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida
SL y otras sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno
Por presentado demanda de ejecucióno en fecha 4.1.2021 por la Letrada Pilar Sánchez
Laso en nombre y representación de Yolanda Martín Prior y habiéndose solicitado la ampliación de la ejecución respecto a la empresas VIDA SALUD MEJORA TU VIDA SL Y
CONNACTION SOLUCIONES Y PROYECTOS DE MARKETING SL
De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisidicción Social (LJS) se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en
la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el
día 26/05/2021 a las 12:10 horas.
Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la
fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la LJS).
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
BOCM-20210409-177
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.005/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
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D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Yolanda Martín Prior frente a Cuidamos Tu Salud, Vive la Vida
SL y otras sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno
Por presentado demanda de ejecucióno en fecha 4.1.2021 por la Letrada Pilar Sánchez
Laso en nombre y representación de Yolanda Martín Prior y habiéndose solicitado la ampliación de la ejecución respecto a la empresas VIDA SALUD MEJORA TU VIDA SL Y
CONNACTION SOLUCIONES Y PROYECTOS DE MARKETING SL
De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisidicción Social (LJS) se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en
la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el
día 26/05/2021 a las 12:10 horas.
Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la
fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la LJS).
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
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(03/11.005/21)
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