C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210409-17)
Concesión subvenciones –  Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba el cuarto listado de requeridos a subsanar en el proceso de concesión directa para la obtención de las subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual convocada mediante Orden de 11 de mayo de 2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
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RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, por la que se aprueba el cuarto listado de requeridos a subsanar
en el proceso de concesión directa para la obtención de las subvenciones para
contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual convocada mediante Orden de 11 de mayo de 2020.

Mediante Orden de 11 de mayo de 2020, de la Consejería de Vivienda y Administración
Local, se convocaron subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social
del COVID-19 en la Comunidad de Madrid, establecidas en el Real Decreto-Ley 11/2020,
de 31 de marzo, que incorpora el programa de ayudas al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021,
en la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril y en lo establecido en el Real Decreto 106/2018,
de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional de la Orden de 11 de
mayo de 2020, que faculta al titular de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para el desarrollo y aplicación de
lo dispuesto en la citada Orden, esta Dirección General de Vivienda y Rehabilitación,
RESUELVE
Primero
Aprobar el listado de requeridos a subsanar por no reunir los requisitos establecidos en
la Orden de 11 de mayo de 2020, de convocatoria de subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual,
con indicación del motivo de subsanación. Dichos listados serán publicados a efectos de su
consulta en la web: www.comunidad.madrid, con indicación de los requisitos subsanables.
Segundo

BOCM-20210409-17

1. Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos a subsanar dispondrán de un
plazo máximo de quince días hábiles para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o
aportar la documentación preceptiva. De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
trascurrido dicho plazo, sin que se subsane la solicitud o se aporte la documentación preceptiva, se les tendrá por desistidos en su petición.
2. La subsanación o las alegaciones que se formulen se podrán cumplimentar en modelo oficial con indicación del número de expediente, se dirigirán a la Dirección General de
Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Vivienda y Administración Local, y se podrán
presentar en el Registro General de la Consejería o en cualquier de los lugares establecidos
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común, si bien se recomienda su presentación por medios electrónicos.
Madrid, a 5 de abril de 2021.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, José
María García Gómez.
(03/11.817/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791