Madrid número 13 (BOCM-20210408-139)
Procedimiento 311/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021

Pág. 315

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
139

MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. AURA FOJON CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 311/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MAGNA MALLORQUIN frente a HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA.
SENTENCIA 205-20
En la Villa de Madrid, a veintitrés de septiembre de dos mil veinte.
Vistos por Dña. María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Magistrada adscrita como
refuerzo del Juzgado de lo Social nº 13 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido entre Dña. MAGNA MALLORQUÍN, como demandante, asistida y representada en
el procedimiento por la Letrada Dña. Felisa Quiñones Martín, y como demandada HAIR
TUSECRETOS PELUQUEROS S.L., que dejó voluntariamente de comparecer en el procedimiento, habiendo sido citada en forma.
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por Dª. MAGNA MALLORQUÍN frente a
HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO DISCIPLINARIO articulado sobre dicha trabajadora
con fecha 16/01/2020, CONDENANDO A LA DEMANDADA a que, a su libre elección,
la readmita en su anterior puesto de trabajo con las mismas condiciones que disfrutaba con
anterioridad al despido, o alternativamente le abone una indemnización por importe de
SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON OCHO CÉNTIMOS DE EURO
(697,08 euros).
Si se decide optar por la indemnización, tal opción determinará la extinción definitiva
del contrato de trabajo con efectos a partir de la fecha del cese efectivo en el mismo.
Si se optase por la readmisión, deberán abonarse los salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha de la notificación de la presente resolución a la demandada de conformidad con lo establecido por los artículos 56.2 y
45 del E.T.

Y ESTIMANDO como estimo la demanda de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD formulada por Dª. MAGNA MALLORQUÍN frente a HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS
S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a ésta a abonar a aquélla la cantidad de MIL
CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE
EURO (1.157,76 d), con el recargo del artículo 29.3 LET.
Y todo ello con imposición de costas a la empresa demandada incluido el abono de los
honorarios del Letrado de la actora, con el límite de 600 euros y previa liquidación ajustada a las normas legales vigentes.

BOCM-20210408-139

La Empresa deberá manifestar su opción mediante escrito o a través de comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado de refuerzo, dentro de los CINCO DÍAS siguiente a
la notificación de la presente resolución, advirtiéndose a la misma que, caso de no efectuar
manifestación alguna, se entenderá realizada la opción en favor de la readmisión.