B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210408-5)
Lista de espera interinos – Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
Pág. 25
Segundo
Declarar decaídos/as en el derecho a formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo y Escala anteriormente señalado a aquellos/as aspirantes que, estando incluidos/as en el Anexo de la aludida Resolución de 24 de febrero de 2020, de la Dirección
General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de marzo), modificada por Corrección de Errores de 8 de septiembre de 2020 de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de septiembre), no presentaron la documentación requerida en la misma en la forma y plazo establecido
a tal efecto en su apartado segundo.
Asimismo, se informa del cambio en los datos de identificación de una de las integrantes de la citada lista, de acuerdo con su solicitud, una vez efectuada la verificación de la documentación aportada a tal efecto.
Tercero
De acuerdo con lo determinado en el artículo 5 del reseñado Decreto 50/2001, de 6 de
abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo
reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, el órgano gestor de la lista de espera será la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública, a la que deberán dirigirse los órganos competentes
de las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes, cuando, en su caso, corresponda.
Cuarto
La lista de espera contenida en el Anexo de esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dejando sin efecto las que pudieran existir en el Cuerpo y Escala de referencia, todo ello en los
términos establecidos en el Decreto 50/2001, de 6 de abril, anteriormente indicado.
Quinto
BOCM-20210408-5
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro
del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 11 de marzo de 2021.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
Pág. 25
Segundo
Declarar decaídos/as en el derecho a formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo y Escala anteriormente señalado a aquellos/as aspirantes que, estando incluidos/as en el Anexo de la aludida Resolución de 24 de febrero de 2020, de la Dirección
General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de marzo), modificada por Corrección de Errores de 8 de septiembre de 2020 de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de septiembre), no presentaron la documentación requerida en la misma en la forma y plazo establecido
a tal efecto en su apartado segundo.
Asimismo, se informa del cambio en los datos de identificación de una de las integrantes de la citada lista, de acuerdo con su solicitud, una vez efectuada la verificación de la documentación aportada a tal efecto.
Tercero
De acuerdo con lo determinado en el artículo 5 del reseñado Decreto 50/2001, de 6 de
abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo
reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, el órgano gestor de la lista de espera será la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Hacienda y Función Pública, a la que deberán dirigirse los órganos competentes
de las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes, cuando, en su caso, corresponda.
Cuarto
La lista de espera contenida en el Anexo de esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dejando sin efecto las que pudieran existir en el Cuerpo y Escala de referencia, todo ello en los
términos establecidos en el Decreto 50/2001, de 6 de abril, anteriormente indicado.
Quinto
BOCM-20210408-5
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro
del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 11 de marzo de 2021.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.