Madrid número 5 (BOCM-20210408-116)
Ejecución 34/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
Pág. 289
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
116
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 34/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. BERTHA ALICIA RIVERA TAPIA frente a FOGASA y D./Dña.
MAURICIO OCTAVIO MARTINEZ CORDOVA sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. BERTHA ALICIA RIVERA TAPIA, frente a la demandada D./Dña. MAURICIO
OCTAVIO MARTINEZ CORDOVA, parte ejecutada, por un principal de 4.257,22 euros
de principal más 55,24 euros del 10% de mora, más 213 euros y 425 euros de intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2503-000064-0034-20.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez,
D./Dña. ANGELA MOSTAJO VEIGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA.
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.257,22 euros
de principal y 55,24 euros del 10% de mora más 213 euros y 425 euros presupuestados para
intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de
ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.
Constando devueltas las notificaciones cursadas a la parte ejecutada, inténtense en
forma personal mediante el SCAC
BOCM-20210408-116
En Madrid, a veintitrés de diciembre de dos mil veinte
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
Pág. 289
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
116
MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA CARRIÓN GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 34/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. BERTHA ALICIA RIVERA TAPIA frente a FOGASA y D./Dña.
MAURICIO OCTAVIO MARTINEZ CORDOVA sobre Ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. BERTHA ALICIA RIVERA TAPIA, frente a la demandada D./Dña. MAURICIO
OCTAVIO MARTINEZ CORDOVA, parte ejecutada, por un principal de 4.257,22 euros
de principal más 55,24 euros del 10% de mora, más 213 euros y 425 euros de intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2503-000064-0034-20.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez,
D./Dña. ANGELA MOSTAJO VEIGA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA.
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.257,22 euros
de principal y 55,24 euros del 10% de mora más 213 euros y 425 euros presupuestados para
intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de
ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.
Constando devueltas las notificaciones cursadas a la parte ejecutada, inténtense en
forma personal mediante el SCAC
BOCM-20210408-116
En Madrid, a veintitrés de diciembre de dos mil veinte