D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210407-22)
Vías pecuarias – Resolución de 24 de marzo de 2021, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la acometida de agua y suministrar servicio a la parcela ubicada en el camino de las Suertes, número 2, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
22
RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2021, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la acometida de agua y suministrar servicio a la parcela ubicada en el camino de las
Suertes, número 2, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
Examinado el expediente 579/20 de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de
Las Suertes Nuevas o Las Cuerdas en el término municipal de Galapagar se desprenden los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/423287.9/20 tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Cordel de Las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la acometida de agua y suministrar servicio a la parcela ubicada en el camino de las Suertes, número 2, actuación promovida por
Canal de Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37
y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se
someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
RESUELVE
Primero
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE
BOCM-20210407-22
Someter al trámite de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a
la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el proyecto de ocupación del expediente 579/20 de referencia.
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
22
RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2021, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la acometida de agua y suministrar servicio a la parcela ubicada en el camino de las
Suertes, número 2, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
Examinado el expediente 579/20 de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de
Las Suertes Nuevas o Las Cuerdas en el término municipal de Galapagar se desprenden los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/423287.9/20 tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Cordel de Las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la acometida de agua y suministrar servicio a la parcela ubicada en el camino de las Suertes, número 2, actuación promovida por
Canal de Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37
y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se
someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
RESUELVE
Primero
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE
BOCM-20210407-22
Someter al trámite de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a
la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el proyecto de ocupación del expediente 579/20 de referencia.