Madrid (BOCM-20210407-55)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan Especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 82
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
BOCM-20210407-55
Número de expediente: 135-2020-00352.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 25 de marzo
de 2021, adoptó el siguiente Acuerdo:
“Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación del Plan Especial para las fincas situadas en la calle de Javier Ferrero, números 9 y 13, Distrito de Chamartín, promovida por Caledonian JF 13, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la
Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.
Tercero.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Cuarto.—Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos
legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 b) en relación con
el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito del Plan Especial, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de
Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio”.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle de Ribera del Sena, número 21, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visualizador urbanístico), en las mañanas de los días
hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito
cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 29 de marzo de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/11.560/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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55
MADRID
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Número de expediente: 135-2020-00352.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 25 de marzo
de 2021, adoptó el siguiente Acuerdo:
“Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación del Plan Especial para las fincas situadas en la calle de Javier Ferrero, números 9 y 13, Distrito de Chamartín, promovida por Caledonian JF 13, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la
Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.
Tercero.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Cuarto.—Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos
legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 b) en relación con
el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito del Plan Especial, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de
Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio”.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle de Ribera del Sena, número 21, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visualizador urbanístico), en las mañanas de los días
hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito
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Madrid, a 29 de marzo de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/11.560/21)
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