Las Palmas de Gran Canaria número 3 (BOCM-20210407-192)
Procedimiento 949/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 337
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
192
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 3
EDICTO
D./Dña. MARGARITA BETANCOR RODRÍGUEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social Nº 3 DE Las Palmas de Gran Canaria, HAGO SABER:
Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 949/2020, a instancia de D./Dña.
ABIAN CEBALLOS SANCHEZ contra DENTOESTETIC C SALUD EST DENTAL SL,
FOGASA y ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP se ha dictado SENTENCIA Nº 114/2021 DE FECHA 9 DE FEBRERO
DE 2021, notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artº. 191 de la
LRJS., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco
días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la
parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita,
haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco SANTANDER, Cta nº IBAN
ES5500493569920005001274 y clave de procedimiento nº 3488/0000/65/0949/20 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al
tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DENTOESTETIC C SALUD EST
DENTAL SL, en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se
encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de marzo de 2021.
BOCM-20210407-192
LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/8.712/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 82
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MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 337
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
192
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 3
EDICTO
D./Dña. MARGARITA BETANCOR RODRÍGUEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social Nº 3 DE Las Palmas de Gran Canaria, HAGO SABER:
Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 949/2020, a instancia de D./Dña.
ABIAN CEBALLOS SANCHEZ contra DENTOESTETIC C SALUD EST DENTAL SL,
FOGASA y ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP se ha dictado SENTENCIA Nº 114/2021 DE FECHA 9 DE FEBRERO
DE 2021, notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme al ser susceptible de Recurso de Suplicación a tenor de lo dispuesto en el artº. 191 de la
LRJS., ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco
días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la
parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita,
haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco SANTANDER, Cta nº IBAN
ES5500493569920005001274 y clave de procedimiento nº 3488/0000/65/0949/20 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al
tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DENTOESTETIC C SALUD EST
DENTAL SL, en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se
encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de marzo de 2021.
BOCM-20210407-192
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(03/8.712/21)
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ISSN 1989-4791