Madrid número 37 (BOCM-20210407-87)
Procedimiento 884/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021
Pág. 209
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
87
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
Doña Purificación Fernández Suárez, letrada de la Administración de Justicia con destino
en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.
Hago saber: En los autos de juicio verbal seguidos en este juzgado con el número 884/2018, en ejercicio de acción contractual en reclamación de 3.801,12 euros, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid, representada por el procurador D. Enrique Álvarez Vicario y defendida por el abogado D. Luis
Felipe Barambio Viñarás, contra D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca
Dueñas, en rebeldía, en el procedimiento y ante el ignorado domicilio de los demandados
que abajo se indica se ha acordado librar el presente a fin de notificar a los mismos la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2019, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda promovida por la comunidad de propietarios
de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid, contra D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas:
1° Condeno a D. Mario Caldas Romero y a Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas, solidariamente, al abono a la comunidad de propietarios de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid,
de la suma de tres mil ochocientos un euros con doce céntimos (3.801,12 euros) en concepto
de pago de cuotas devengadas desde junio de 2016 hasta mayo de 2019, con el interés legal
desde la interposición de la demanda, elevado en 2 puntos desde la fecha de esta sentencia.
2° Con imposición de las costas de esta instancia a D. Mario Caldas Romero y Dña.
Rosalía Carhuamaca Dueñas, siendo estos efectos la cuantía del pleito de 3.801,12 euros.
BOCM-20210407-87
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que
contra la misma podrán interponer ante este juzgado recurso de apelación dentro de los
veinte días siguientes a su notificación. No se admitirá el recurso en el caso de que no se
acreditara previamente por la parte que pretendiera interponerlo haber constituido el depósito preceptivo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a los demandados D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas, cuyo domicilio se ignora y para su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en
Madrid, a 1 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/9.208/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
87
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
Doña Purificación Fernández Suárez, letrada de la Administración de Justicia con destino
en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.
Hago saber: En los autos de juicio verbal seguidos en este juzgado con el número 884/2018, en ejercicio de acción contractual en reclamación de 3.801,12 euros, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid, representada por el procurador D. Enrique Álvarez Vicario y defendida por el abogado D. Luis
Felipe Barambio Viñarás, contra D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca
Dueñas, en rebeldía, en el procedimiento y ante el ignorado domicilio de los demandados
que abajo se indica se ha acordado librar el presente a fin de notificar a los mismos la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2019, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando íntegramente la demanda promovida por la comunidad de propietarios
de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid, contra D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas:
1° Condeno a D. Mario Caldas Romero y a Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas, solidariamente, al abono a la comunidad de propietarios de la calle Ordicia, números 29-41, de Madrid,
de la suma de tres mil ochocientos un euros con doce céntimos (3.801,12 euros) en concepto
de pago de cuotas devengadas desde junio de 2016 hasta mayo de 2019, con el interés legal
desde la interposición de la demanda, elevado en 2 puntos desde la fecha de esta sentencia.
2° Con imposición de las costas de esta instancia a D. Mario Caldas Romero y Dña.
Rosalía Carhuamaca Dueñas, siendo estos efectos la cuantía del pleito de 3.801,12 euros.
BOCM-20210407-87
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que
contra la misma podrán interponer ante este juzgado recurso de apelación dentro de los
veinte días siguientes a su notificación. No se admitirá el recurso en el caso de que no se
acreditara previamente por la parte que pretendiera interponerlo haber constituido el depósito preceptivo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a los demandados D. Mario Caldas Romero y Dña. Rosalía Carhuamaca Dueñas, cuyo domicilio se ignora y para su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en
Madrid, a 1 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/9.208/21)
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