Zamora número 2 (BOCM-20210407-199)
Procedimiento 36/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 82

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
199

ZAMORA NÚMERO 2
EDICTO

Don Rafael Lizán Rufilanchas, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 2 de Zamora.

BOCM-20210407-199

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales número 36/2020 de
este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Rodríguez Boluda, contra Fondo
de Garantía Salarial, SPS Seguridad 2005, S. L., se ha dictado decreto número 36/2020.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SPS Seguridad 2005, S. L., en ignorado paradero, haciéndole saber que en la sede de dicho Juzgado podrá tener conocimiento
íntegro del acto; que la notificación surte efectos desde la fecha de la publicación en el Boletín; que contra el mismo cabe recurso de directo de revisión, que deberá interponerse ante
quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la
misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en
la cuenta número 4297 0000 42 0036 20 en el Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la
Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “recurso” seguida
del “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de Justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto,
incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de
observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el
supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Zamora, a 5 de marzo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/11.744/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791