Madrid número 54 (BOCM-20210407-93)
Procedimiento 2383/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 82

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
93

MADRID NÚMERO 54
EDICTO

D./DÑA. D. EMILIO LÓPEZ DURÁN LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 54 DE MADRID.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 2383/2018 se ha
dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA 187/2020
En Madrid, a 15 de octubre de 2020.
Doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez Magistrada - Juez del Juzgado de Instrucción núm. 54 de Madrid, ha visto en juicio oral y público los presentes autos por juicio sobre delito leve, seguidos por delito de usurpación.
Han intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, SOCIEDAD
DE GESTIÓN DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA (SAREB) como denunciante, y en condición de denunciados MIGUEL ÁNGEL
JORDÁN MARÍN, MARIA LAURA AYALA FERREIRA, ALBERTO AYALA FERREIRA Y GLORIA CORONEL COLMAN asistidos por el letrado Mario Rodríguez
Alegre (…).
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Magistrada - Juez ha decidido:
Que debo condenar y condeno a MIGUEL ÁNGEL JORDÁN MARÍN, MARIA
LAURA AYALA FERREIRA, ALBERTO AYALA FERREIRA Y GLORIA CORONEL
COLMAN como autores de un delito de usurpación previsto y penado en el artículo 245.2
del Código Penal, a la pena de 3 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 59 CP de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas, con imposición del pago de las costas.
Asimismo se les condena a la restitución de la posesión del inmueble situado en la calle Enrique Trompeta núm. 10, 3º D (Madrid) poniéndolo a disposición de la SOCIEDAD
DE GESTIÓN DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA (SAREB), apercibiéndoles de lanzamiento sí no lo hacen voluntariamente ellos y
resto de ocupantes.
Notifíquese esta sentencia, con advertencia de que la misma no es firme y contra la
misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en
este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así lo acuerda y firma Doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, Magistrada-Juez
del Juzgado de Instrucción núm. 54 de Madrid, (conforme a la propuesta de resolución redactada por la Jueza en prácticas Doña María Isabel Barriocanal Cerviño). Doy fe.

BOCM-20210407-93

Llévese el original al libro de sentencias. Remítase testimonio de esta resolución en el
SIRAJ.