Fuenlabrada (BOCM-20210405-46)
Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Patronato Municipal de Deportes
Extracto de resolución de la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes de
Fuenlabrada (91/2021), de 29 de marzo de 2021, relativa a la aprobación de la convocatoria extraordinaria de subvenciones 2021 para clubes o entidades deportivas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la consideración de beneficiarios los clubes o entidades deportivas con personalidad jurídica, legalmente constituidas, e inscritas tanto el
Registro de entidades de la Comunidad de Madrid como en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada, con una antigüedad mínima de un año a fecha de publicación de la presente convocatoria y domiciliadas en Fuenlabrada.
Segundo. Objeto.—Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
Se establece en el artículo 1 y 2 de la convocatoria el objeto, la finalidad y el plazo (clubes y entidades que desarrollen proyectos y/o actividades deportivas en el ámbito territorial
de Fuenlabrada) dentro de una de las áreas de actuación (competiciones individuales, equipo, élite) dentro de cualquiera de los períodos siguientes: temporada 2020-2021 (desde 1 de
septiembre de 2020 a 31 de agosto de 2021) o anual (ejercicio 2021). En relación con el
pago, nos encontramos ante subvenciones prepagables, dado que se procederá al pago una
vez aprobada la concesión (artículo 11).
Tercero. Bases Reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El crédito aprobado asciende a 340.000,00 euros, con cargo a la
aplicación presupuestaria 4069/341/48002.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Registro General de Entradas
del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los
registros y oficinas relacionados en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la
totalidad del importe concedido.
Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación, el 28 de febrero de 2022 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2021) y el 15 de noviembre de 2021
en el caso de subvencionar la temporada 2020/2021, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (artículo 12).
En Fuenlabrada, a 30 de marzo de 2021.—El vicepresidente del Patronato Municipal
de Deportes, Juan Agustín Domínguez San Andrés.
(03/11.582/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210405-46
BDNS: 555540
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Patronato Municipal de Deportes
Extracto de resolución de la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes de
Fuenlabrada (91/2021), de 29 de marzo de 2021, relativa a la aprobación de la convocatoria extraordinaria de subvenciones 2021 para clubes o entidades deportivas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la consideración de beneficiarios los clubes o entidades deportivas con personalidad jurídica, legalmente constituidas, e inscritas tanto el
Registro de entidades de la Comunidad de Madrid como en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada, con una antigüedad mínima de un año a fecha de publicación de la presente convocatoria y domiciliadas en Fuenlabrada.
Segundo. Objeto.—Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
Se establece en el artículo 1 y 2 de la convocatoria el objeto, la finalidad y el plazo (clubes y entidades que desarrollen proyectos y/o actividades deportivas en el ámbito territorial
de Fuenlabrada) dentro de una de las áreas de actuación (competiciones individuales, equipo, élite) dentro de cualquiera de los períodos siguientes: temporada 2020-2021 (desde 1 de
septiembre de 2020 a 31 de agosto de 2021) o anual (ejercicio 2021). En relación con el
pago, nos encontramos ante subvenciones prepagables, dado que se procederá al pago una
vez aprobada la concesión (artículo 11).
Tercero. Bases Reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El crédito aprobado asciende a 340.000,00 euros, con cargo a la
aplicación presupuestaria 4069/341/48002.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de quince días hábiles desde el siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Registro General de Entradas
del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los
registros y oficinas relacionados en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la
totalidad del importe concedido.
Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación, el 28 de febrero de 2022 (en el caso de subvencionar el ejercicio 2021) y el 15 de noviembre de 2021
en el caso de subvencionar la temporada 2020/2021, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (artículo 12).
En Fuenlabrada, a 30 de marzo de 2021.—El vicepresidente del Patronato Municipal
de Deportes, Juan Agustín Domínguez San Andrés.
(03/11.582/21)
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