Madrid número 29 (BOCM-20210405-65)
Procedimiento 198/2020
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
65
MADRID NÚMERO 29
EDICTO
Doña Ángeles Leticia Morales Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid.
BOCM-20210405-65
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento exequátur número 198/2020,
instados por la procuradora doña Irene Martin Noya, en nombre y representación de doña
Analía Verónica Villeneu Maceiras, contra don Jonathan Delgado Bestty, en los que se ha
dictado auto en fecha de 6 de julio de 2020 y auto aclaración de 3 de noviembre de 2020,
por el que se otorga la ejecución en España de la sentencia dictada por el Juzgado de Familia del 6.o Turno de Montevideo (República de Uruguay).
Contra el referido auto cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles, a
contar desde el día siguiente a su publicación.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Jonathan
Delgado Bestty, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 1 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/8.364/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 188
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B.O.C.M. Núm. 80
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
65
MADRID NÚMERO 29
EDICTO
Doña Ángeles Leticia Morales Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid.
BOCM-20210405-65
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento exequátur número 198/2020,
instados por la procuradora doña Irene Martin Noya, en nombre y representación de doña
Analía Verónica Villeneu Maceiras, contra don Jonathan Delgado Bestty, en los que se ha
dictado auto en fecha de 6 de julio de 2020 y auto aclaración de 3 de noviembre de 2020,
por el que se otorga la ejecución en España de la sentencia dictada por el Juzgado de Familia del 6.o Turno de Montevideo (República de Uruguay).
Contra el referido auto cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles, a
contar desde el día siguiente a su publicación.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Jonathan
Delgado Bestty, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 1 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/8.364/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791