B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADA (BOCM-20210405-11)
Convocatoria puesto – Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se procede a realizar la convocatoria pública para la provisión del puesto de Director/a de Enfermería en el Hospital Universitario de Fuenlabrada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
Cuarta
Las personas interesadas en participar en este proceso tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Deberán cumplimentar la solicitud que se adjunta como modelo en el Anexo I de
esta Resolución.
b) La solicitud se acompañará del currículo del interesado, que incluirá datos personales y profesionales entre los cuales deben consignarse los títulos y méritos académicos, así como la experiencia profesional y de gestión en el desempeño de cargos directivos, tanto en las administraciones públicas como el sector privado.
También deberá contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este
currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de
esta Resolución.
c) Asimismo, se acompañará del proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá
redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.
d) La documentación acreditativa de los requisitos exigidos deberá aportarse junto
con la solicitud. En el caso del DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el interesado podrá autorizar
a la Administración a la consulta de los datos contenidos en estos documentos, tal
y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el caso de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de estos documentos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
e) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por
el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.
f) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Hospital
Universitario de Fuenlabrada, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación
profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico
de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados
en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid dirigidos a la Gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada, preferentemente en el registro del Hospital Universitario de Fuenlabrada, así como en los centros oficiales a los que se refieren
y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su
certificación.
— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener
la condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro
Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos
implementados en la página web institucional de la Comunidad de
Madrid http://comunidad.madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y si ello no fuera posible en el
registro del Hospital Universitario de Fuenlabrada, así como en los centros
oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de
la Ley 39/2015.
— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos
en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma.
BOCM-20210405-11
Presentación de solicitudes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
Cuarta
Las personas interesadas en participar en este proceso tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Deberán cumplimentar la solicitud que se adjunta como modelo en el Anexo I de
esta Resolución.
b) La solicitud se acompañará del currículo del interesado, que incluirá datos personales y profesionales entre los cuales deben consignarse los títulos y méritos académicos, así como la experiencia profesional y de gestión en el desempeño de cargos directivos, tanto en las administraciones públicas como el sector privado.
También deberá contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este
currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de
esta Resolución.
c) Asimismo, se acompañará del proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá
redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.
d) La documentación acreditativa de los requisitos exigidos deberá aportarse junto
con la solicitud. En el caso del DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el interesado podrá autorizar
a la Administración a la consulta de los datos contenidos en estos documentos, tal
y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el caso de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de estos documentos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
e) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por
el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.
f) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Hospital
Universitario de Fuenlabrada, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación
profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico
de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados
en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid dirigidos a la Gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada, preferentemente en el registro del Hospital Universitario de Fuenlabrada, así como en los centros oficiales a los que se refieren
y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su
certificación.
— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener
la condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro
Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos
implementados en la página web institucional de la Comunidad de
Madrid http://comunidad.madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y si ello no fuera posible en el
registro del Hospital Universitario de Fuenlabrada, así como en los centros
oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de
la Ley 39/2015.
— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos
en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma.
BOCM-20210405-11
Presentación de solicitudes