B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210405-5)
Concurso específico – Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo singularizado en la Nueva Oficina Fiscal de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
Pág. 37
b) Conocimientos de idioma francés: 10 puntos.
Los conocimientos de idiomas se acreditarán mediante la presentación de diplomas y
certificados de escuelas oficiales de idiomas y centros oficiales debidamente acreditados y
homologados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o
datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinta
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo publicado
como Anexo II de esta Resolución.
2. Deberán ir dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón 38, tercera planta, 28020 Madrid,
y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También será objeto de
publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada del correspondiente registro dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. A la solicitud se adjuntará autorización firmada para que la Consejería de Justicia,
Interior y Victimas acceda al Registro Central de delincuentes sexuales y compruebe la inexistencia de antecedentes.
6. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
7. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
8. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Sexta
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas y publicada en la página
web de la Comunidad de Madrid. La misma estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o
Tramitación Procesal y Administrativa a propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se
exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la autoridad convocante designará a los miembros de esta Comisión y a los suplentes, mediante Resolución, que
se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20210405-5
Comisión de Valoración
B.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
Pág. 37
b) Conocimientos de idioma francés: 10 puntos.
Los conocimientos de idiomas se acreditarán mediante la presentación de diplomas y
certificados de escuelas oficiales de idiomas y centros oficiales debidamente acreditados y
homologados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o
datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinta
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo publicado
como Anexo II de esta Resolución.
2. Deberán ir dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón 38, tercera planta, 28020 Madrid,
y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También será objeto de
publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada del correspondiente registro dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. A la solicitud se adjuntará autorización firmada para que la Consejería de Justicia,
Interior y Victimas acceda al Registro Central de delincuentes sexuales y compruebe la inexistencia de antecedentes.
6. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
7. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
8. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Sexta
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas y publicada en la página
web de la Comunidad de Madrid. La misma estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o
Tramitación Procesal y Administrativa a propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se
exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la autoridad convocante designará a los miembros de esta Comisión y a los suplentes, mediante Resolución, que
se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20210405-5
Comisión de Valoración