D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210330-11)
Vías pecuarias –  Resolución de 9 de marzo de 2021, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la ejecución de una acometida de la red de saneamiento, actuación promovida por doña María del Pilar Martínez Miguel, con DNI: ****0354*
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 75

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
11

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2021, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Suertes
Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, para la ejecución
de una acometida de la red de saneamiento, actuación promovida por doña María del Pilar Martínez Miguel, con DNI: ****0354*.

Examinado el expediente 171/20 de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de
las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en el término municipal de Galapagar, se desprenden los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con registro 10/087442.9/20, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de
autorización de ocupación de la vía pecuaria Cordel de las Suertes Nuevas o Las Cuerdas, en
el término municipal de Galapagar, para la ejecución de una acometida de la red de saneamiento, actuación promovida por doña María del Pilar Martínez Miguel, con DNI: ****0354*.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad,
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, a contar desde el día siguiente a
la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, el proyecto de ocupación del expediente 171/20, de referencia.

Una vez publicada la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en cual-

BOCM-20210330-11

Segundo