Madrid (BOCM-20210330-47)
Sección Vigésima Octava. Procedimiento 380/2019
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BOCM
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 75
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
47
MADRID
Sección Vigésima Octava
EDICTO
Dña. Mª ANGELES CARBALLO MARTÍNEZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia de la
Sección Vigesimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el Recurso de Apelación número 380/2019 a instancia del Procurador D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA en nombre y representación de SISTEMAS TECNICOS DE ENCOFRADOS SA contra D. SALVADOR
MALDONADO FERNANDEZ Y JOSE LUIS CAMAÑO FERNANDEZ, declarados en
rebeldía procesal, sobre Sociedades mercantiles, en el que se ha dictado en fecha 05/02/2021, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. ÁNGEL GALGO PECO
D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ
D. JOSÉ MANUEL DE VICENTE BOBADILLA
SENTENCIA Nº 45/2021
En Madrid, a cinco de febrero de dos mil veintiuno.
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de
Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados antes relacionados, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 380/19, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2018 dictada en el juicio ordinario núm. 743/2010 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil n° 7 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelantes, las entidades “SISTEMAS TÉCNICOS
DE ENCOFRADOS, S.A.”, defendida y representada por los profesionales antes relacionados; y como apelados, DON JOSÉ LUIS CAMAÑO FERNÁNDEZ Y DON SALVADOR MALDONADO FERNÁNDEZ.
FALLO
En atención a lo expuesto la Sala acuerda:
Contra la presente sentencia las partes pueden interponer ante este Tribunal, en el plazo de los 20 días siguientes al de su notificación, recurso de casación y, en su caso, recurso extraordinario por infracción procesal, de los que conocerá la Sala Primera del Tribunal
Supremo, todo ello si fuera procedente conforme a los criterios legales y jurisprudenciales
de aplicación.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilustrísimos señores magistrados integrantes de este Tribunal.
BOCM-20210330-47
1.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el procurador don Ignacio Melchor de Oruña en nombre y representación de la entidad “SISTEMAS TÉCNICOS DE ENCOFRADOS, S.A.” contra la sentencia dictada el día 20 de septiembre de 2018 por el Juzgado de lo Mercantil n° 7 de Madrid, en el juicio ordinario n° 743/2010.
2.- Confirmar íntegramente la resolución recurrida.
3.- Imponer a la apelante las costas derivadas de su recurso.
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 75
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
47
MADRID
Sección Vigésima Octava
EDICTO
Dña. Mª ANGELES CARBALLO MARTÍNEZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia de la
Sección Vigesimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el Recurso de Apelación número 380/2019 a instancia del Procurador D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA en nombre y representación de SISTEMAS TECNICOS DE ENCOFRADOS SA contra D. SALVADOR
MALDONADO FERNANDEZ Y JOSE LUIS CAMAÑO FERNANDEZ, declarados en
rebeldía procesal, sobre Sociedades mercantiles, en el que se ha dictado en fecha 05/02/2021, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. ÁNGEL GALGO PECO
D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ
D. JOSÉ MANUEL DE VICENTE BOBADILLA
SENTENCIA Nº 45/2021
En Madrid, a cinco de febrero de dos mil veintiuno.
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de
Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados antes relacionados, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 380/19, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2018 dictada en el juicio ordinario núm. 743/2010 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil n° 7 de Madrid.
Han sido partes en el recurso, como apelantes, las entidades “SISTEMAS TÉCNICOS
DE ENCOFRADOS, S.A.”, defendida y representada por los profesionales antes relacionados; y como apelados, DON JOSÉ LUIS CAMAÑO FERNÁNDEZ Y DON SALVADOR MALDONADO FERNÁNDEZ.
FALLO
En atención a lo expuesto la Sala acuerda:
Contra la presente sentencia las partes pueden interponer ante este Tribunal, en el plazo de los 20 días siguientes al de su notificación, recurso de casación y, en su caso, recurso extraordinario por infracción procesal, de los que conocerá la Sala Primera del Tribunal
Supremo, todo ello si fuera procedente conforme a los criterios legales y jurisprudenciales
de aplicación.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilustrísimos señores magistrados integrantes de este Tribunal.
BOCM-20210330-47
1.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el procurador don Ignacio Melchor de Oruña en nombre y representación de la entidad “SISTEMAS TÉCNICOS DE ENCOFRADOS, S.A.” contra la sentencia dictada el día 20 de septiembre de 2018 por el Juzgado de lo Mercantil n° 7 de Madrid, en el juicio ordinario n° 743/2010.
2.- Confirmar íntegramente la resolución recurrida.
3.- Imponer a la apelante las costas derivadas de su recurso.